Dirigido a: Entidades sin ánimo de lucro y clústeres con sede social en la Comunitat Valenciana

Presentación solicitudes:  Desde el 21/02/2020 hasta el 11/06/2020 a las 23:59:59 horas*  (ver nota)

 
Plazo ejecución (y periodo subvencionable del gasto): Deberá haberse iniciado con posterioridad al 1/1/2020 y podrá finalizarse hasta el 31/12/2020
Plazo de justificación (y periodo subvencionable del pago): hasta el 4/2/2020

* según condiciones de la convocatoria del programa publicada en el DOGV nº 8744 de fecha 20/02/2020 si bien la información exhaustiva y completa del programa deberá consultarse en los textos publicados en el DOGV.

 

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Objetivos
Promover y facilitar el desarrollo de las medidas empresariales en materia de I+D+i previstas en la Estrategia de Especialización Inteligente para la Investigación e Innovación de la Comunidad Valencia (RIS3-CV), con la consiguiente dinamización del tejido empresarial de la Comunitat Valenciana.
 
beneficiarios.gif Entidades beneficiarias

a) Entidades sin ánimo de lucro -públicas o privadas- con personalidad jurídica propia y sede social en la Comunitat Valenciana, que de forma habitual presten servicios a las pymes en materia de apoyo a la innovación y a la modernización en sus diversas formas y así se recoja en sus estatutos.

b) Entidades jurídicas con sede social en la Comunitat Valenciana que gestionen clústeres empresariales, que ostenten la condición de agrupación empresarial innovadora según la definición del apartado 92 del artículo 2 del Reglamento (UE) nº 651/2014, de la Comisión de 17 de junio de 2014.

 

Requisitos de los proyectos

•    Los proyectos deberán haberse iniciado con posterioridad al 1/1/2020

•    Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana.

•    El contenido de los proyectos presentados deberá ser coherente con la actividad, fines y estrategia de la entidad solicitante.

•    Una misma entidad solicitante no podrá presentar más de un proyecto para cada una de las actuaciones

 

actuacionesApoyables.gif Actuaciones apoyables
 

Los proyectos deberán poderse encuadrar en alguna de las siguientes actuaciones apoyables:

Actuación 1. Organización de jornadas y seminarios. Organización de jornadas, seminarios, foros o encuentros de demostración de tecnologías, dirigidas a personal directivo y técnico de las empresas con objeto de facilitar su evolución hacia la industria 4.0 o la economía circular. Las acciones deberán tener contenido técnico, excluyendo la difusión y promoción de carácter general, y abordar alguna de las siguientes temáticas:

1. Capacitación para facilitar la toma de decisiones sobre la estrategia a seguir en el futuro y las tecnologías más adecuadas.

2. Presentación de las novedades y tendencias nacionales y europeas respecto a la Industria 4.0 o la economía circular, beneficios y oportunidades asociadas a las mismas para las empresas valencianas, y casos de éxito regionales, nacionales y europeos.

3. Desarrollo de nuevos modelos de negocio basados en la digitalización o la economía circular.

Actuación 2. Preparación y desarrollo de proyectos en el ámbito de las medidas del RIS3-CV previstas, con efecto demostrador y tractor, que impulsen nuevas actividades innovadoras dentro de las empresas y que sean de interés para un colectivo amplio de empresas, posibilitando la promoción de la cooperación empresarial y de los agentes de la oferta científico-tecnológica. El proyecto se desarrollará por personal técnico de la entidad beneficiaria, en plantilla en el momento de la solicitud o de nueva contratación, quien actuará a modo de agente de proximidad territorial. El plan de acciones podrá incluir, entre otras:

• Jornadas o talleres de demostración de buenas prácticas empresariales, promoción de la cooperación empresarial, promoción de servicios ofertados por organismos de investigación o de gestión de la innovación, entre otros.

• Asesoramiento a empresas para impulsar nuevas actividades innovadoras, en materias como información, orientación sobre fuentes de financiación de proyectos, intermediación con expertos externos o apoyo en la preparación y presentación de propuestas, entre otras.

• Gestión y mantenimiento de contenidos, alertas y comunicaciones de interés al colectivo de empresas objetivo, boletines, guías temáticas, publicaciones en medios electrónicos o impresos, entre otros.

• Otras acciones de dinamización, no contempladas anteriormente, que contribuyan a cumplir con los fines previstos en esta actuación.

 

tipoAyuda.gif Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido de hasta un 80% de los gastos subvencionables.

La ayuda está sujeta al régimen de minimis lo que supone que la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no será superior a 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales. A efectos de la presente convocatoria, se entenderá por única empresa la definición establecida en el apartado 2 del artículo 2 del Reglamento (CE) Nº 1407/2013 de la Comisión.

 
costesSubvencionables.gif Costes subvencionables

 

Actuación 1. Organización de jornadas y seminarios

1)    Colaboraciones externas:

a. Contratación de personal experto.
b. Gastos de alojamiento y desplazamiento de las personas que realicen las ponencias.
c. Gastos necesarios para el desarrollo de las acciones: alquiler de salas, materiales y difusión.

 2)    Personal propio: gastos del personal propio dedicado de forma directa a la organización y coordinación de la actividad subvencionada. El gasto subvencionable no podrá superar el 15% del gasto subvencionable en el concepto de colaboraciones externas, quedando limitado el coste horario subvencionable a 40 euros/hora como máximo.

 

Actuación 2. Proyectos en el ámbito del RIS3-CV con efecto demostrador y tractor, que impulsen nuevas actividades innovadoras y que sean de interés para un colectivo amplio de empresas

1) Personal propio: Gastos del personal técnico que participe en el proyecto. Se limita el coste horario subvencionable a 40 euros/hora como máximo.

2) Colaboraciones externas: Gastos de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, necesarios para el desarrollo del proyecto. El gasto subvencionable en este concepto no podrá superar el 15% del gasto subvencionable de personal propio.

c) Adquisición de activos inmateriales: software que sea necesario para el desarrollo del proyecto incluyendo costes por uso de soluciones y aplicaciones (XaaS), durante el tiempo de ejecución del proyecto. El gasto subvencionable en este concepto no podrá superar el 5% del gasto subvencionable de personal propio.

4) Adquisición de activos materiales: equipamiento informático necesario para el desarrollo del proyecto. El gasto subvencionable en este concepto no podrá superar el 5% del gasto subvencionable de personal propio.   

 

Plazos

 

Los plazos de presentación de solicitudes son los indicados en el cuadro siguiente:

Plazo de presentación de solicitud Inicio del proyecto Fecha límite de ejecución del proyecto (gastos) Fin plazo justificación (Límite periodo pago)
Desde el 21/02/2020 hasta el 10/06/2020 a las 23:59:59 h.
Posterior al 1/1/2020 31/12/2020 4/2/2021

Criterios de valoración

Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando la puntuación obtenida en la evaluación sea igual o superior a 50 puntos.

Serán criterios de evaluación, de aplicación a cada una de las actuaciones previstas en anexo: 

    a) Calidad del proyecto. Puntuación máxima del grupo: 35 puntos. Se valorará:

  • el grado de definición y claridad del proyecto propuesto. De 0 a 20 puntos.
  • la metodología y la adecuación del presupuesto. De 0 a 10 puntos.
  • la inclusión de las acciones previstas en el plan estratégico de la entidad solicitante. De 0 a 5 puntos.

    b) Viabilidad técnica y económica del proyecto. Puntuación máxima del grupo: 20 puntos. Se valorará:

  • la capacidad y experiencia del equipo de trabajo. De 0 a 10 puntos.
  • la capacidad financiera para acometer el proyecto. De 0 a 10 puntos.

    c) Resultados/impacto esperable del proyecto. Puntuación máxima del grupo: 35 puntos. Se valorará:

  • adecuación de las acciones planteadas para una efectiva dinamización sectorial, territorial, económica, social, o en el ámbito tecnológico de influencia, considerando también la complementariedad o redundancia con iniciativas similares de otros agentes. De 0 a 35 puntos.

    d) Aspectos sociales del proyecto. Puntuación máxima del grupo: 10 puntos. Se valorará:

  • la existencia en el ámbito del proyecto de medidas que promuevan o faciliten de manera efectiva la igualdad entre hombres y mujeres. De 0 a 3 puntos.
  • la existencia en el ámbito del proyecto de actuaciones o medidas con un efecto positivo en materia medioambiental: De 0 a 4 puntos
  • la existencia en el ámbito del proyecto de medidas que promuevan o faciliten de manera efectiva la participación o integración de personas con diversidad funcional o de colectivos desfavorecidos. De 0 a 3 puntos.

 

comoSolicitar.gif Solicitud y documentación

Lugar de presentación de solicitudes:

La tramitación tanto de la solicitud, como en general del procedimiento, será electrónica y requerirá que la entidad solicitante disponga durante todas las fases del procedimiento de certificado de representante de entidad emitido por la Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana, o por cualquier entidad reconocida en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación establecidos en España, publicada en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
Asimismo, la entidad solicitante podrá autorizar a otra persona para que realice cualquier trámite relacionado con esta convocatoria siempre que dicha autorización conste en el Registro de Representantes de la ACCV (https://www.accv.es/ciudadanos/registro-de-representantes/).

Documentación

1. Impreso de solicitud, Memoria Técnica del proyecto y Fichero PDF de datos de la empresa, generado en la aplicación Solicit@.

2. Documentación relativa al cumplimiento de obligaciones medioambientales. La entidad solicitante deberá disponer de la correspondiente licencia de apertura o autorización para el inicio de actividad, tramitada de conformidad con el instrumento de intervención administrativa ambiental al que esté sometida la actividad en las instalaciones en las que vaya a ejecutar el proyecto; esta obligación se hará extensiva a la de su sede social en caso de que ésta no coincida con el domicilio de ejecución del proyecto y dicha sede se encuentre ubicada en la Comunitat Valenciana. Para la acreditación del cumplimiento de las obligaciones medioambientales se seguirán las instrucciones disponibles en el apartado de Documentación anexa de la solicitud del programa.

3. Relativa al cumplimiento de obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. Sólo será necesario presentar la documentación acreditativa de encontrarse al corriente en caso de que no haya autorizado al IVACE para su obtención por medios telemáticos.

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