Exterior25 cs 

Teléfonos de información:

961 209 598

961 209 590

961 209 597

 

 

 

 

 

 

 

 

Dirigidas a:

  • Personas jóvenes menores de 30 años que cumplan determinados requisitos *

   Presentación de solicitudes personas candidatas: Desde el 24/05/2024 hasta el 5/07/2024 *

  • Empresas con domicilio social en la Comunitat Valenciana con filiales o sucursales en el exterior y que cumplan determinados requisitos.

   Inscripción y solicitud entidades de destino candidatas: Hasta el 5/07/2024 *

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

* según condiciones recogidas en la la convocatoria del programa publicada en el DOGV nº 9855 de fecha 23/05/2024

 

Objeto

 

Estas 70 becas persiguen dotar a las empresas y entidades de la Comunitat Valenciana de personal cualificado y especializado en comercio exterior mediante la formación y especialización profesional de jóvenes con titulación universitaria, así como mediante la realización de prácticas sobre los distintos aspectos que afecten al proceso de internacionalización de las empresas de la Comunitat Valenciana; asimismo mediante la presente resolución se convoca a las entidades de destino colaboradoras en el desarrollo de las becas.

 

personasbeneficiarias-p Personas Beneficiarias

 

Personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:

a) Haber nacido en la Comunitat Valenciana, o bien ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea y residente en la Comunitat Valenciana desde al menos doce meses antes de la fecha de publicación de esta convocatoria en el DOGV; a efectos del cómputo de este plazo no se tendrá en cuenta la interrupción del período de residencia por razones de estudio debidamente acreditadas.

b) Tener menos de 30 años el día 5 de julio de 2024, fecha en la que finaliza el plazo de presentación de solicitudes.

c) Estar en posesión de una titulación universitaria de grado superior. En el supuesto de titulación obtenida en cualquier país distinto de España, esta titulación deberá ir acompañada de la resolución de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial o de la resolución de homologación de títulos extranjeros, de acuerdo con lo que regula el RD 967/2014 de 21 de noviembre. La titulación se podrá acreditar hasta el 13 de septiembre de 2024.

d) Conocimiento suficiente hablado y escrito del idioma inglés, así como del de alguna de las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana en el caso de las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española; dicho requisito se acreditará a través de la realización de pruebas -y entrevista en el caso de las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana- llevadas a cabo en el proceso de selección.

e) No haber disfrutado o percibido prestación alguna en concepto de beca dirigida a la especialización en temas relacionados con la internacionalización de la empresa, concedida por Administraciones Públicas, Cámaras de Comercio, u otros organismos de promoción comercial, con independencia de la procedencia de su financiación.

f) No estar afectadas por limitación alguna incompatible con el desarrollo funcional o geográfico de la beca.

g) No tener antecedentes penales o estar incursa en causa penal alguna que impida el desarrollo funcional o geográfico de la beca.

h) Encontrarse al corriente en sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social .

i) No incurrir en ninguna de las causas de prohibición para ser beneficiaria previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

Solicitud y documentación

 

Lugar de presentación de solicitudes

Las personas solicitantes deberán presentar electrónicamente la siguiente documentación a través del enlace "Presentar solicitud" en el apartado "Docs. personas candidatas" a la derecha de esta página.

Para ello, deberán disponer durante todas las fases del procedimiento de certificado de persona física emitido por la Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana, (https://www.accv.es/menus/certificados-ciudadanos/) o por cualquier entidad reconocida en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación establecidos en España, publicada en la sede electrónica del Ministerio de Industria y Turismo.

 

Documentación a presentar por la persona candidata a beca

a) Solicitud electrónica debidamente cumplimentada, disponible en el apartado "Docs. personas candidatas" a la derecha de esta página.

b) DNI en vigor en caso de que en la solicitud electrónica se haya manifestado oposición para su obtención por medios telemáticos por el IVACE; las personas nacionales de otro estado miembro de la Unión Europea presentarán la documentación equivalente en todo caso.

c) En caso de personas no nacidas en la Comunitat Valenciana, documento oficial que acredite el empadronamiento en la Comunitat Valenciana donde se especifique la fecha de alta en la localidad correspondiente con al menos doce meses de antelación a la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el DOGV

d) Documento que acredite la obtención de titulación universitaria de grado superior o, en su defecto, resguardo de la solicitud de la misma.

e) Certificado de calificaciones académicas donde conste la nota media de la titulación.

f) Curriculum Vitae de la persona solicitante.

g) Certificado de no tener antecedentes penales o estar incursa en causa penal alguna que impida el desarrollo funcional o geográfico de la beca, emitido por el Ministerio de Justicia, con fecha comprendida en el periodo de presentación de solicitudes de la beca.

h) Cualquier otra documentación que acredite los méritos de la persona interesada:

- en el caso de la experiencia profesional, deberá aportar certificado de vida laboral o los contratos en los que se detalle el puesto, así como la última nómina de cada contrato;

- en el caso de los cursos de formación, aportará fotocopia de títulos o diplomas en los que se acredite el número de horas de los mismos;

- en caso de colaboración con ONG o con otras entidades de carácter social se aportará la documentación acreditativa.

- En el caso que corresponda, certificado de ser titular/beneficiaria de la Renta Valenciana de Inclusión emitido por las Direcciones Territoriales de la de la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda

Toda la documentación presentada deberá estar redactada –o traducida- en castellano o valenciano.

 

Dónde se desarrolla la beca

 

a) Organismos de promoción de la internacionalización: instituciones oficiales, organismos multilaterales, bancos multilaterales de desarrollo, Cámaras de Comercio, Oficinas Económicas y Comerciales de España en el exterior, Red EEN (Enterprise Europe Network), Fundación Comunitat Valenciana Región Europea, y entidades internacionales.

b) Empresas y entidades privadas con domicilio social en la Comunitat Valenciana que cuenten con filiales y/o sucursales en el extranjero.

c) Empresas adjudicatarias del IVACE para la prestación del servicio de asesoramiento internacional a las empresas de la Comunitat Valenciana, que así lo soliciten.

otros Formación

 

Junto con la formación práctica en cualquiera de los destinos adjudicados, se desarrollará una formación teórica, cuyo objetivo será proporcionar a la persona beneficiaria de la beca una visión global de la actividad empresarial internacional y del entorno institucional involucrado en la promoción exterior e internacionalización de las empresas de la Comunitat Valenciana.

No tendrán que realizar esta formación quienes acrediten haber realizado un máster universitario en gestión de comercio internacional o de internacionalización empresarial. Dicho master deberá estar incluido en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT)

La no realización de la formación teórica de forma completa podrá suponer el reintegro total o parcial de la dotación económica percibida, así como la no obtención del certificado de aprovechamiento de la beca.

 

tipoayuda.gif Dotación económica y duración

 

Cada beca contará con una dotación dineraria fija por importe de 18.000 euros brutos anuales, aplicándose las correspondientes retenciones fiscales y de Seguridad Social de acuerdo con la normativa vigente.

Además de la dotación dineraria fija indicada en el párrafo anterior, se establecerá una dotación dineraria variable en función del destino asignado según lo previsto en el anexo I.

Tanto la dotación dineraria fija como la variable serán percibidas en función del tiempo y lugar de disfrute efectivo de la beca. La dotación variable sólo será percibida a partir de la llegada de la persona becada al destino asignado.

El IVACE se hará cargo de los siguientes gastos inherentes a la beca, que tendrán la consideración de retribución en especie:

a) Cursos de idiomas, diferentes al inglés, previa autorización del IVACE, en aquellos destinos en los que el conocimiento y/o mejora del idioma local sea necesario para el adecuado desarrollo de la beca en función de las disponibilidades presupuestarias.

b) Costes de las vacunas necesarias para la permanencia en destino.

El IVACE se hará cargo de los siguientes gastos complementarios inherentes al desarrollo de la beca y que no tendrán consideración de retribución de la beca.

a) Seguro de asistencia en viajes y accidentes , que será contratado directamente por el IVACE.

b) Otros gastos inherentes al desarrollo de la beca abonados por la persona beneficiaria de la beca previamente autorizados por el IVACE que le serán reembolsados posteriormente tras la presentación de la correspondiente justificación, como en aquellos casos en que sea exigible visado, costes de gestión y tramitación del visado para la permanencia en el destino asignado.

c) Gastos de desplazamiento en destino, u otros debidamente motivados, ocasionados por el propio desarrollo de la beca en los organismos de promoción de la internacionalización a los que se hace referencia el artículo 2.1.a, siempre que hayan sido autorizados previamente por IVACE.

Cuando las necesidades del lugar de destino así lo requieran, el IVACE pondrá a disposición de la persona beneficiaria de la beca un ordenador portátil, previa suscripción del correspondiente documento de condiciones de uso temporal donde se especificarán las obligaciones de mantenimiento y devolución del ordenador.

Liquidación y pago.

Tras la aceptación de la beca, el IVACE abonará de manera fraccionada la dotación dineraria fija mediante pagos mensuales en un máximo de doce mensualidades.

El importe de la dotación dineraria variable se prorrateará en periodos mensuales y se hará efectivo a partir de la fecha de desplazamiento al destino en el exterior, para lo que será necesario en todo caso la presentación ante IVACE del documento que acredite el desplazamiento; igualmente, al regreso a la ciudad de procedencia, la persona becada deberá presentar a IVACE el documento que acredite el desplazamiento.

La última mensualidad se hará efectiva tras la entrega por la persona beneficiaria de la documentación inherente al desarrollo de la beca (informes, memorias, cuestionarios, y en general, cualquier otra obligación documental exigida por IVACE). 

Previamente a la incorporación al destino, se podrá solicitar un anticipo de hasta un máximo del veinticinco por ciento (25%) del importe total correspondiente a la dotación dineraria variable.

 

Criterios de valoración

>> Véase tabla

 

ENTIDADES DE DESTINO. Requisitos, solicitud y documentación

 

Podrán solicitar la adhesión como entidades de destino las empresas y entidades que reúnan los siguientes requisitos:

a) Disponer de los medios humanos y materiales necesarios para el adecuado desarrollo de la beca en la sede de la filial o sucursal en destino.

b) Estar al corriente con el IVACE en el pago de los servicios y acciones organizadas por este Instituto, o en el reintegro de subvenciones con el IVACE.

c) Encontrarse al corriente en sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social en el momento de la solicitud de adhesión.

e) No incurrir en ninguna de las causas de imposibilidad previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, lo cual acreditarán mediante declaración responsable.

Presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, y finalizará el 5 de julio de 2024.

La tramitación tanto de la participación, como en general del procedimiento, será electrónica y requerirá que la entidad solicitante disponga durante todas las fases del procedimiento de certificado de representante de entidad emitido por la Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana, o por cualquier entidad reconocida en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación establecidos en España, publicada en la sede electrónica del Ministerio de Industria y Turismo.

Asimismo la entidad solicitante podrá autorizar a otra persona para que realice cualquier trámite relacionado con esta convocatoria siempre que dicha autorización conste en el Registro de Representantes de la ACCV (https://www.accv.es/servicios/registro-de-representantes/).

La tramitación de la solicitud supone la firma de la misma y del plan formativo, y se presentará en el registro telemático del IVACE, accesible en el apartado "Documentación entidades" a la derecha de esta página.

Se admitirá la presentación de un máximo de tres proyectos por empresa solicitante, cada uno correspondiente a un destino diferente.

 

.

 

Además de esta solicitud, debe incluirse la siguiente documentación:

a) Plan formativo a desarrollar por la persona beneficiaria de la beca, siguiendo el modelo disponible en esta página web.

b) Formulario indicando los condicionantes que deberá reunir la persona becada

c) Documentación de la oficina o filial en destino que acredite los datos de la misma así como la disponibilidad de los medios físicos, para un correcto desarrollo de la beca

En el caso de empresas con domicilio social en la Comunitat Valenciana que cuenten con filiales y/o sucursales en el extranjero, se deberá aportar documentación que acredite la vinculación entre ambas entidades.

Cuando el destino ofertado por la empresa en su solicitud de participación vaya referido a una ubicación en los Estados Unidos, la empresa deberá justificar documentalmente el cumplimiento de los siguientes requisitos:

- Contar con el documento Worker’s Compensation Insurance Policy en Estados Unidos o con documentación oficial que le exonere del mismo.

- Contar con personal propio suficiente en la filial para tutorizar a la persona beneficiaria (al menos 3 empleados en régimen laboral a tiempo completo).

- Disponer de espacio físico concreto y específicamente asignado a la persona beneficiaria.

- Contar con una página web en inglés con números de teléfono y dirección en Estados Unidos.

- Desarrollar su actividad en Estados Unidos durante al menos los últimos 12 meses.

Vistas las solicitudes, los planes formativos presentados, así como el resto de documentación, el Área de Promoción Internacional verificará, el cumplimiento de los requisitos establecidos, requiriendo su subsanación cuando proceda, y valorará los contenidos del plan formativo elaborado y presentado, la trayectoria y grado de internacionalización de la empresa, sus compromisos con las políticas de igualdad y de inserción laboral de personas con riesgo de exclusión social, el perfil del tutor/a, así como el procedimiento de tutorización.

Cada empresa sólo podrá solicitar una persona becada para cada uno de los destinos.

Esta web utiliza cookies con el objetivo principal de mejorar la experiencia y navegación del usuario en el portal. Si continúas navegando consideramos que aceptas su uso.