Dirigido a: Empresas | ||
Fecha límite presentación solicitudes: | Desde el 4 de marzo de 2016 hasta el 21 de abril de 2016 a las 24 horas* | |
Plazo de justificación: hasta el 7 de noviembre de 2017 |
* según condiciones de la convocatoria del programa publicada en el DOCV nº 7733 de fecha 03/03/2016, si bien la información exhaustiva y completa del programa deberá consultarse en los textos publicados en el DOCV.
Objetivo |
Concesión de ayudas para la obtención por empresas de Comunitat Valenciana de certificados en materia de I+D+i emitidos por empresas o entidades acreditadas por ENAC (Entidad Nacional de Acreditación) durante el ejercicio 2016.
Beneficiarios |
Empresas, tanto grandes como PYME, que tengan su sede social o establecimiento de producción en la Comunitat Valenciana y que cumplan los requisitos previstos en la convocatoria y sus anexos
Requisitos de los proyectos |
1. Por proyecto se entiende cualquier iniciativa de gasto o inversión, sobre una operación o activo concreto, que vaya a realizarse en un plazo determinado y que, de forma individual o combinada, tenga un sentido empresarial, sin perjuicio de que esa iniciativa pueda integrarse, en su contenido o en el tiempo, en un plan mayor.
2. Los proyectos deberán haberse iniciado con posterioridad al 1 de enero de 2016.
3. Los proyectos deberán ser realizados por empresas con sede o establecimiento productivo en la Comunitat Valenciana, y la actuación de I+D+i que como consecuencia del proyecto se facilite, es decir, el proyecto de I+D+i objeto de certificación o presentado a las convocatorias de H2020, deberá tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana.
4. Los costes asociados al proyecto no podrán recibir simultáneamente ayudas en el marco de esta convocatoria y de otras procedentes de ésta u otra administración o ente público.
5. La ejecución de los proyectos no deberá vulnerar en ningún caso el principio de no discriminación por razón de sexo, raza, origen étnico, religión, convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, facilitando, o al menos no impidiendo, la accesibilidad para las personas con discapacidad. Asimismo deberá ejecutarse en el marco de un desarrollo sostenible y de fomento de la conservación, protección y mejora del medio ambiente y contar con un certificado que declare la no afección del proyecto a la denominada ’Red Natura’, espacio físico de especial protección medioambiental configurado así por la Unión Europea. La obtención de dicho certificado se gestionará por el IVACE.
Actuaciones apoyables |
Los proyectos objeto de subvención consistirán en la obtención de certificados emitidos por empresas o entidades acreditadas por ENAC sobre alguna de las materias de I+D+i que se pueden encuadrar en las siguientes actuaciones:
Actuación 1. Certificación de proyectos de I+D+i, desarrollados por las empresas beneficiarias, a efectos de deducción fiscal, según el art. 35 de la Ley de Impuesto de Sociedades (Ley 27/2014), en los cuales se distinguirá entre las siguientes tipologías:
o Certificado de proyecto de contenido y primera ejecución.
o Certificado de proyecto de contenido y primera ejecución con personal de I+D en exclusiva.
o Certificado de muestrarios o de proyectos de demostración inicial o proyectos piloto de animación o videojuegos.
o Certificado de proyecto de contenido y ejecución con exante previo o seguimiento.
o Certificado de proyecto exante
Actuación 2. Certificación de la dedicación exclusiva del personal a tareas de I+D+i según el Real Decreto 475/2014, sobre bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social del personal investigador.
Actuación 3. Certificación de la capacidad de innovación a través de las siguientes normas reconocidas por el Ministerio de Economía y competitividad:
o Joven Empresa Innovadora (JEI), según la Especificación AENOR EA0043 (Ver programa de preparación de propuestas de CEEI Valencia)
o Certificación de Pyme Innovadora, según la Especificación AENOR EA0047 (Ver programa de preparación de propuestas de CEEI Valencia)
o Certificación conforme a la norma UNE 166.002 «Sistemas de gestión de la I+D+i»
Tipo de ayuda |
La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido del coste de la certificación realizada por empresa o entidad acreditada por ENAC, con las siguientes características en función del tipo de certificado:
- Actuaciones 1 y 2. Subvención a fondo perdido de hasta un 60% del coste del certificado, con un máximo de 3.000 €.
- Para la actuación 3. Subvención a fondo perdido de hasta un 75% del coste del certificado, con un máximo de 1.000 €
Costes subvencionables |
Servicios Externos: coste de la certificación realizada por empresas o entidades acreditadas por ENAC
Plazos |
Plazo de presentación de solicitudes: Los plazos de presentación de solicitudes son los indicados en el cuadro siguiente
Plazo de presentación de solicitud | Inicio del proyecto | Fecha límite de ejecución del proyecto (gastos) | Fin plazo justificación (límite periodo pago) |
Desde 04/03/2016 hasta 21/04/2016 a las 24 h. |
Posterior al 01/01/2016 y antes del 31/12/2016 | 30/09/2017 | 07/11/2017 |
Criterios de valoración |
Para la selección de proyectos se establecerá una ordenación de las propuestas en función de la tipología de certificado a obtener, con arreglo a los siguientes criterios y puntuaciones:
- Certificación de Joven Empresa Innovadora (JEI): 100 puntos
- Certificación de Pyme Innovadora: 90 puntos
- Certificación de la dedicación exclusiva del personal a tareas de I+D+i: 80 puntos
- Certificación de proyecto con personal de I+D en exclusiva: 70 puntos
- Certificación de proyecto de contenido y primera ejecución: 60 puntos
- Certificación de muestrarios o de proyectos de demostración inicial o proyectos piloto de animación o videojuegos: 50 puntos.
- Certificación UNE 166.002 «Sistemas de gestión de la I+D+i»: 40 puntos
- Certificado de proyecto de contenido y ejecución con exante previo o seguimiento: 30 puntos.
- Certificación de proyecto exante: 20 puntos.
Solicitud y documentación |
Lugar de presentación de solicitudes:
Tanto la solicitud como la memoria se presentarán ante el Registro Telemático de la Generalitat, y éste emitirá automáticamente un resguardo acreditativo de su presentación, que podrá ser archivado o impreso por la empresa interesada, en los términos previstos en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y en el Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Reglamento de Administración Electrónica de la Comunitat Valenciana. Una vez cumplimentado el formulario de solicitud desde el trámite telemático, se deberá anexar la memoria técnica del proyecto en formato electrónico.