CAS-RENOVE CALDERAS 1200x627 cs5
 
Dirigido a: Personas físicas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de una vivienda situada en la Comunitat Valenciana.
Fecha  presentación solicitudes: 29 de enero de 2018 hasta el 14 de junio de 2018.
La adhesión de los instaladores y empresas instaladorasfinalizará el 15 de mayo de 2018.

* A continuación se describen brevemente algunas características principales de este programa de ayudas, si bien la información que se considerará como oficial a todos los efectos será la publicada en la RESOLUCIÓN de 8 de enero de 2018, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas del Plan Renove Renhata de Calderas Domésticas 2018, destinadas a la sustitución de las calderas actuales por otras de mayor eficiencia energética, y se convoca asimismo la adhesión de comercios y empresas instaladoras. (DOGV nº 8212 de 15/01/2018), y posterior ampliación de presupuesto (DOGV nº 8321 de 20/06/2018)
 

Objetivo

El objetivo de esta medida es facilitar la renovación de las calderas domésticas de calefacción actuales por otras de condensación con un sistema de control/regulación eficiente, en viviendas de la Comunitat Valenciana, lo que supondrá una reducción del consumo energético y la consiguiente reducción de las emisiones de CO2 en la atmósfera.

 

beneficiarios.gif Personas beneficiarias


Podrán ser beneficiarias las personas físicas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de una vivienda situada en la Comunitat Valenciana.

actuacionesApoyables.gif Actuaciones apoyables
 
La sustitución de una caldera de calefacción (incluidas las calderas de sólo calefacción y mixtas) de baja eficiencia energética que utilice cualquier combustible no renovable, por una caldera estanca de condensación de sólo calefacción o mixta, que utilice gas natural o GLP, con una potencia nominal comprendida entre 15 y 70 kW, y que alcance una clasificación energética A o superior en calefacción y ACS (según Reglamento Delegado (UE) nº 811/2013 de la Comisión de 18 de Febrero de 2013) con un rendimiento estacional ? 93% (redondeada al número entero más próximo), un nivel de emisiones NOx<70mg/kWh, y tener instalado uno de los siguientes sistemas de control/regulación:

    a) Clase II (control sonda exterior en caldera modulante) y termostato de ambiente ON/OFF  control.
    b) Clase V (termostato modulante para calderas modulantes).
    c) Clase VI (termostato modulante más sonda exterior para calderas modulantes).

La nueva caldera deberá pertenecer a una instalación particular de calefacción,  estar incluida en el “Listado Renove Calderas” y tiene que tener como destino final su instalación dentro el territorio de la Comunitat Valenciana.

Será condición indispensable que el aparato sustituido sea retirado del mercado.
Sólo será subvencionable la compra, por cada beneficiario de una única caldera y siempre con la correspondiente sustitución del aparato antiguo por un nuevo equipo de los especificados en el “Listado Renove Calderas”.

La nueva instalación deberá cumplir con el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE), aprobado por Real Decreto 1027/2007 y con la demás normativa vigente que se aplique en el momento de llevar a cabo la instalación.

Asimismo, no será objeto de subvención:

•    La sustitución de una caldera por otra que no funcione con un sistema de control/regulación tipo II con termostato ambiente ON/OFF, V ó VI. Si la instalación a sustituir ya dispone de este sistema de control/regulación y se va a mantener en la nueva instalación deberá justificarse documentalmente mediante fotografías, facturas de compra, etc en la solicitud de ayudas.
•    La sustitución de una caldera colectiva o centralizada que de servicio a varias viviendas por calderas individuales ubicadas en cada una de las viviendas.
•    La sustitución de una caldera individual por una caldera colectiva o centralizada que de servicio a varias viviendas.
•    Las calderas sustituidas con anterioridad a la fecha de inicio de la campaña.
•    Cuando la caldera sustituida sea de condensación, con excepción de que dicha sustitución conlleve el cambio de combustible de gasoil a gas natural o GLP.
•    Cuando no exista sustitución de equipos.

•    Las calderas sustituidas con anterioridad al 29 de enero de 2018.

tipoAyuda.gif Tipo de ayuda

La cuantía de ayuda individual para cada aparato es la siguiente:

EQUIPO  COMBUSTIBLE     Emisiones NOx AYUDA 
Calderas Condensación Gas Natural/GLP < 70 mg/kWh 250 €

Por otro lado, la aportación de la empresa instaladora adherida consistirá en un descuento de 50 euros, que se descontarán directamente en la factura (antes de aplicar el IVA).

La cuantía de la ayuda aportada por el IVACE, no podrá exceder en ningún caso del 30 % del coste subvencionable de la instalación. Si se diera el caso, la ayuda del IVACE se reducirá en su hasta el límite del 30%. Se entiende por coste subvencionable de la instalación, el coste de la caldera, el sistema de control regulación, el montaje y desmontaje, todo ello incluyendo el IVA y descontada la aportación de la empresa instaladora.

 

Plazos


Plazo de presentación de solicitudes de ayuda comenzará el 29 de enero de 2018 y finalizará el 14 de junio de 2018.

 

Procedimiento

 

  • Una vez el solicitante decida llevar a cabo la sustitución de la caldera, se pondrá en contacto con un instalador o empresa instaladora adherida al Plan. La oficina de campaña podrá informarle sobre cuáles son los comercios o empresas instaladoras adheridas a la misma o a través de la página web (http://planrenove.ivace.es).
  • La empresa instaladora, en nombre del solicitante, tramitará de manera telemática la solicitud y la documentación complementaria establecida en el artículo 12 de la presente Resolución.
  • La solicitud se entenderá cursada, cuando el impreso de solicitud normalizado esté debidamente cumplimentado, y se acompañen los datos de identidad del solicitante (fotocopia del DNI/NIE), declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la seguridad social (incluida en la solicitud normalizada) y el presupuesto aceptado por el mismo. En este momento, se le otorgará un número de expediente y una fecha de registro, que se tendrá en cuenta como criterio de concesión de las ayudas
  • Para cumplimentar el impreso de solicitud normalizado, el instalador o empresa instaladora procederá a rellenar en la plataforma telemática (acceso privado de la web http://planrenove.ivace.es) , todos los datos necesarios para generar dicha solicitud. Una vez cumplimentada correctamente, la solicitud deberá ser firmada por el comprador y el instalador/empresa instaladora, quedándose el beneficiario con una copia como justificante de la sustitución realizada y adjuntando una copia a la plataforma.
  • Es importante resaltar, que el instalador o empresa instaladora ha de descontar de la base imponible de la factura, la parte correspondiente a su aportación, es decir le aplicará al beneficiario un descuento de 50 euros.
  • Una vez aportada toda la documentación por parte de la empresa instaladora, desde la oficina de campaña se verificará que el solicitante cumple con todos los requisitos establecidos en la convocatoria de ayudas y se comprobará toda la documentación presentada, requiriendo, en su caso, a los interesados para que procedan a subsanar dicha documentación en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación, con la advertencia de que si transcurrido ese plazo no se aportase la documentación requerida, se le tendrá por desistido de la solicitud.
  • Tanto la oficina de campaña, como el propio IVACE (Unidad de Energía) como órgano competente para la instrucción del procedimiento, podrán requerir al solicitante o a la empresa instaladora cualesquiera otros datos, documentos e informes complementarios que resulten necesarios para la comprobación de la actuación realizada.
  • Una vez concedida la ayuda, el IVACE realizará el pago de la ayuda que corresponda en la cuenta bancaria que el beneficiario haya indicado en la documentación presentada en la solicitud de ayudas.

La información completa sobre el procedimiento a seguir, tanto por parte de los instaladores como de los beneficiarios, se encuentra en la oficina de campaña, que gestiona el Plan Renove

 

telefono.png

900 834 959

Horario de atención telefónica: lunes a jueves de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 19:00 horas y viernes de 9:00 a 14:00

sobreclaro.png Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
comoSolicitar.gif Empresas instaladoras: adhesiones

Los instaladores y empresas instaladoras interesadas en participar en el Plan de ayudas RENOVE deberán hacer entrega a través de la plataforma web http://planrenove.ivace.es de la correspondiente ficha de adhesión debidamente cumplimentada según modelo normalizado, así como de la documentación adjunta que se especifique en la ficha de adhesión.

La adhesión de los instaladores y empresas instaladoras comenzará el 18 de enero de 2018, y finalizará el 15 de mayo de 2018.

El listado de los instaladores y empresas instaladoras adheridas se publicará en la página web informativa de los Planes Renove que promueve el IVACE (http://planrenove.ivace.es) y se encontrará disponible en la oficina de campaña


>> Preguntas frecuentes

 

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Documentación anexa -- PLAN RENOVE CALDERAS DOMÉSTICAS 2018

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