Dirigido a: Pymes, grandes empresas y Cooperativas, preferiblemente en fase de expansión/crecimiento, con sede y/o actividad principal en la Comunitat Valenciana y empresas foráneas que realicen inversiones en la Comunidad.
Presentación solicitudes:  Hasta 31/12/2015
En el documentoCondiciones Generales, se recogen los términos aprobados de la Línea que incluyen sus características, los requisitos de acceso, las condiciones de la financiación y la documentación a aportar y el procedimiento desde su tramitación hasta su desembolso.

Objetivos

Favorecer la financiación de proyectos de inversión de empresas en crecimiento de la Comunitat Valenciana, cuyo objetivo sea preferentemente su internacionalización, consolidación empresarial y creación de empleo así como las inversiones de empresas foráneas que decidan invertir en la Comunitat Valenciana generando valor y empleo local.
 
beneficiarios.gif Beneficiarios y requisitos
  • Podrán solicitar esta financiación pymes, grandes empresas y cooperativas, que tengan su sede social y establecimiento productivo en la Comunitat Valenciana, con independencia de la antigüedad de la empresa.
  • No obstante lo anterior, podrán solicitar financiación aquellas empresas que teniendo su sede social fuera de la Comunitat Valenciana, decidan instalar una filial, delegación o centro de trabajo en la Comunitat con la intención de generar valor y empleo local.
  • Asimismo, podrán solicitar financiación empresas de la Comunitat que realicen inversiones fuera de ella, siempre que dichas inversiones favorezcan positivamente a la empresa local.
  • Quedan excluidas las empresas cuya actividad se enmarque en los sectores inmobiliario y financiero, y las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones, administraciones públicas, y en general, las entidades sin ánimo de lucro.
  • La empresa deberá acreditar actividad comercial con información constatable de facturación u otra documentación objetiva acreditativa.
  • El producto o servicio comercializable deberá estar desarrollado y testeado en el mercado.
  • Para acceder a la línea de financiación las empresas deberán tener una estructura patrimonial y financiera equilibrada y saneada y presentar un proyecto empresarial viable técnica y económicamente. 
  • La empresa debe acreditar estar al corriente de sus obligaciones de carácter fiscal y tributario y no presentar impagos en los principales registros. 
  
costesSubvencionables.gif Costes financiables

Adquisición de activos productivos y costes derivados de planes de crecimiento de las empresas de la Comunidad Valenciana, con especial incidencia en su internacionalización, consolidación empresarial y creación de empleo.

Se contempla la posibilidad de financiar necesidades de circulante vinculadas a dichos proyectos, pero quedan excluidas las operaciones de financiación para reestructurar deuda preexistente o financiar la actividad ordinaria de la empresa.

A título indicativo, no limitativo:
  • Adquisición de activos materiales (se excluye la compra de terrenos y edificaciones).
  • Adquisición de activos inmateriales.
  • Adquisición y fusión de empresas que conlleven claras ventajas competitivas (crecimiento en tamaño y mejora de productos y servicios)
  • Diseño, implantación y ejecución de planes de marketing y expansión internacional.
  • Alquiler de locales y gastos necesarios para aperturar nuevos mercados.
  • Costes de personal vinculados a proyectos de internacionalización.
  • Registro de marcas, patentes, modelos de utilidad y diseños industriales, marcado CE u otras formas de homologación o normalización de productos.
tipoAyuda.gif Condiciones del préstamo

  • La financiación de IVACE en esta línea se instrumenta a través de préstamos ordinarios.
  • Condiciones de los préstamos ordinarios:
    • Importe: Con carácter general de 175.000 euros a 500.000 euros, ampliable hasta 1.000.000 euros si la empresa ha facturado en el último ejercicio auditado más de 6.000.000 euros.
    • El importe máximo financiable será de hasta el 75% del proyecto de inversión.
    • En todo caso, para la determinación del importe de la financiación se valorará, entre otros factores, el nivel de fondos propios y la estructura financiera de la empresa.
    • Plazo: Hasta 7 años.
    • Carencia: Hasta 2 años en la amortización de capital.
    • Tipo de interés: Euribor más un diferencial que se determinará en función de la calidad del riesgo y del coste de acceso a la financiación ajena por parte de la Generalitat para un plazo similar a la operación de préstamo, o tipo fijo equivalente durante toda la vida de la operación. El tipo resultante se podrá reducir en 0,25% si es posible afectar el proyecto a financiación del Banco Europeo de Inversiones (BEI).
    • Comisión de apertura: 0,75 % sobre el nominal del préstamo.
    • Comisión de cancelación anticipada: Sin comisión por cancelación anticipada, salvo que se haya optado por un tipo de interés fijo.
    • Garantías: cualesquiera de las admitidas en Derecho, una vez analizada la viabilidad del proyecto de inversión y la solvencia de la empresa solicitante.
    • Se contempla la posibilidad de conceder operaciones sin necesidad de aportar garantías adicionales al proyecto, siempre y cuando la empresa cumpla una serie de requisitos. (Ver Condiciones Generales)
    • En caso de que el proyecto objeto de financiación vaya a ser cofinanciado con otras entidades de crédito u otros organismos públicos, las condiciones de la financiación de IVACE deberán ser similares a las del resto de entidades.
  • Cuando la financiación solicitada sea de importe inferior a 175.000 euros la empresa deberá aportar un aval de una entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca por el 100% del riesgo de la operación. En estos casos, el importe de la financiación de IVACE no podrá ser inferior a 50.000 euros.
  • Subsiguientes rondas de financiación son posibles siempre que se cumplan una serie de requisitos y límites.
  • En caso de que la empresa o grupo empresarial tenga concedidos otros préstamos del IVACE, el importe de riesgo vivo no podrá exceder de ciertos límites.
  • Las condiciones de la financiación y los requisitos para ser beneficiarios de la misma serán los vigentes en el momento de la aprobación de la operación.
 
Procedimiento de concesión,
formalización y desembolso

  • El expediente será estudiado por la Unidad IVACE Financiación y emitirá informe que someterá a la consideración del Comité de Financiación Empresarial. La decisión adoptada por este Comité será notificada por correo ordinario y por correo electrónico a la empresa solicitante. La empresa deberá aceptar las condiciones del préstamo aprobado, en su caso.
  • La operación deberá formalizarse en escritura pública ante Notario y una vez formalizada, la empresa podrá solicitar el desembolso del préstamo.
  • El periodo de disposición no podrá superior a la carencia concedida en la financiación.
  • La disposición del préstamo se realizará de acuerdo con la ejecución del proyecto de inversión y el porcentaje de financiación que el préstamo de IVACE represente en la estructura de financiación. 
  • Al tratarse de una financiación finalista se podrá exigir la justificación documental del gasto o la inversión realizada.
  
comoSolicitar.gif Presentación solicitudes