| Dirigido a: Pymes, grandes empresas y Cooperativas, preferiblemente en fase de expansión/crecimiento, con sede y/o actividad principal en la Comunitat Valenciana y empresas foráneas que realicen inversiones en la Comunidad. |
| Presentación solicitudes: |
Hasta 31/12/2015 |
| En el documentoCondiciones Generales, se recogen los términos aprobados de la Línea que incluyen sus características, los requisitos de acceso, las condiciones de la financiación y la documentación a aportar y el procedimiento desde su tramitación hasta su desembolso. |
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Objetivos |
Favorecer la financiación de proyectos de inversión de empresas en crecimiento de la Comunitat Valenciana, cuyo objetivo sea preferentemente su internacionalización, consolidación empresarial y creación de empleo así como las inversiones de empresas foráneas que decidan invertir en la Comunitat Valenciana generando valor y empleo local.
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Beneficiarios y requisitos |
- Podrán solicitar esta financiación pymes, grandes empresas y cooperativas, que tengan su sede social y establecimiento productivo en la Comunitat Valenciana, con independencia de la antigüedad de la empresa.
- No obstante lo anterior, podrán solicitar financiación aquellas empresas que teniendo su sede social fuera de la Comunitat Valenciana, decidan instalar una filial, delegación o centro de trabajo en la Comunitat con la intención de generar valor y empleo local.
- Asimismo, podrán solicitar financiación empresas de la Comunitat que realicen inversiones fuera de ella, siempre que dichas inversiones favorezcan positivamente a la empresa local.
- Quedan excluidas las empresas cuya actividad se enmarque en los sectores inmobiliario y financiero, y las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones, administraciones públicas, y en general, las entidades sin ánimo de lucro.
- La empresa deberá acreditar actividad comercial con información constatable de facturación u otra documentación objetiva acreditativa.
- El producto o servicio comercializable deberá estar desarrollado y testeado en el mercado.
- Para acceder a la línea de financiación las empresas deberán tener una estructura patrimonial y financiera equilibrada y saneada y presentar un proyecto empresarial viable técnica y económicamente.
- La empresa debe acreditar estar al corriente de sus obligaciones de carácter fiscal y tributario y no presentar impagos en los principales registros.
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Costes financiables |
Adquisición de activos productivos y costes derivados de planes de crecimiento de las empresas de la Comunidad Valenciana, con especial incidencia en su internacionalización, consolidación empresarial y creación de empleo. Se contempla la posibilidad de financiar necesidades de circulante vinculadas a dichos proyectos, pero quedan excluidas las operaciones de financiación para reestructurar deuda preexistente o financiar la actividad ordinaria de la empresa. A título indicativo, no limitativo:
- Adquisición de activos materiales (se excluye la compra de terrenos y edificaciones).
- Adquisición de activos inmateriales.
- Adquisición y fusión de empresas que conlleven claras ventajas competitivas (crecimiento en tamaño y mejora de productos y servicios)
- Diseño, implantación y ejecución de planes de marketing y expansión internacional.
- Alquiler de locales y gastos necesarios para aperturar nuevos mercados.
- Costes de personal vinculados a proyectos de internacionalización.
- Registro de marcas, patentes, modelos de utilidad y diseños industriales, marcado CE u otras formas de homologación o normalización de productos.
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Condiciones del préstamo |
- La financiación de IVACE en esta línea se instrumenta a través de préstamos ordinarios.
- Condiciones de los préstamos ordinarios:
- Cuando la financiación solicitada sea de importe inferior a 175.000 euros la empresa deberá aportar un aval de una entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca por el 100% del riesgo de la operación. En estos casos, el importe de la financiación de IVACE no podrá ser inferior a 50.000 euros.
- Subsiguientes rondas de financiación son posibles siempre que se cumplan una serie de requisitos y límites.
- En caso de que la empresa o grupo empresarial tenga concedidos otros préstamos del IVACE, el importe de riesgo vivo no podrá exceder de ciertos límites.
- Las condiciones de la financiación y los requisitos para ser beneficiarios de la misma serán los vigentes en el momento de la aprobación de la operación.
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Procedimiento de concesión, formalización y desembolso |
- El expediente será estudiado por la Unidad IVACE Financiación y emitirá informe que someterá a la consideración del Comité de Financiación Empresarial. La decisión adoptada por este Comité será notificada por correo ordinario y por correo electrónico a la empresa solicitante. La empresa deberá aceptar las condiciones del préstamo aprobado, en su caso.
- La operación deberá formalizarse en escritura pública ante Notario y una vez formalizada, la empresa podrá solicitar el desembolso del préstamo.
- El periodo de disposición no podrá superior a la carencia concedida en la financiación.
- La disposición del préstamo se realizará de acuerdo con la ejecución del proyecto de inversión y el porcentaje de financiación que el préstamo de IVACE represente en la estructura de financiación.
- Al tratarse de una financiación finalista se podrá exigir la justificación documental del gasto o la inversión realizada.
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Presentación solicitudes |
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