(*) A continuación se describen brevemente las características principales de este programa de ayudas, si bien la información que se considerará como oficial a todos los efectos será la publicada en la Resolución de 21 de febrero de 2018, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas en materia de Energías Renovables y Biocarburantes, con cargo al presupuesto del ejercicio 2018 (DOGV 8246 de 02.03.2018), y posterior corrección de errores (DOGV nº 8282 del 26.04.18)
El objeto de este programa es impulsar las actuaciones encaminadas a la explotación de los recursos energéticos renovables y fomentar el uso de los biocarburantes en la Comunitat Valenciana.
Podrán acogerse a estas ayudas cualquier entidad o persona jurídica, de naturaleza pública o privada, incluyendo las agrupaciones sin personalidad jurídica y las comunidades de bienes, así como los empresarios individuales, dependiendo de lo establecido en el anexo para cada programa y actuación apoyable.
Quedan excluidas las comunidades de regantes como beneficiarias de las actuaciones de energía solar fotovoltaica (aislada de la red), instalaciones mixtas eólica + fotovoltaica (aislada de la red) y energía eólica (aislada de la red).
No podrán ser beneficiarias las empresas de servicios energéticos (ESE), entendidas como tales todas aquellas personas jurídicas que proporcionen servicios energéticos en las instalaciones o locales de un usuario y afronten cierto grado de riesgo económico al hacerlo, excepto en el caso en que se lleven a cabo instalaciones centralizadas de producción y distribución de energía térmica destinadas a suministrar a más de un usuario.
Cuando quien solicite la ayuda tenga la condición de empresario/a individual solo se apoyarán los proyectos que se encuentren asociados al desarrollo de una actividad económica y el domicilio social de la actividad no se encuentre ubicado en un inmueble que tenga o pueda tener uso residencial o de vivienda.
Energía Solar Térmica e Instalaciones Híbridas Energía Solar Térmica-Biomasa Térmica Instalaciones para el aprovechamiento de la energía solar mediante captadores térmicos e instalaciones híbridas de captadores térmicos y calderas de biomasa.
Energía solar fotovoltaica: se apoyarán las instalaciones no conectadas a red con potencia fotovoltaica instalada no inferior a 0,5 kWp y no superior a 500 kWp • Plantas de fabricación de pellets/briquetas. • Sistemas de calefacción de distrito (district heating), y en general instalaciones centralizadas de producción y distribución de energía térmica destinadas a suministrar a más de un usuario. • Equipos para la producción de biogás o gases asimilables, obtenidos a partir del proceso de digestión anaerobia de residuos biodegradables, para su distribución y/o venta por surtidor, embotellado o a granel. • Equipos para la producción de biogás para su inyección a la red pública de distribución de gas natural, en los casos en que sea viable técnica y legalmente. • Adaptación de surtidores existentes en estaciones de servicio o para abastecimiento de flotas, para su consumo en el sector transporte, de mezclas de biodiesel, bioetanol, biometano o biocarburantes asimilables, puros o con mezclas con obligación de etiquetado específico. • Plantas de producción de biodiesel o bioetanol o biocarburantes asimilables siempre que se trate, en todos los casos, de biocarburantes de 2ª generación obtenidos a partir de residuos. • Parques de almacenamiento para distribución de biocarburantes.
Subvención a fondo perdido de hasta el 45% del coste subvencionable del proyecto. No obstante, la intensidad de ayuda podrá incrementarse en hasta 10 puntos porcentuales para las ayudas a las medianas empresas y en hasta 20 puntos porcentuales para las ayudas a las pequeñas empresas, ayuntamientos, entidades públicas y entidades e instituciones sin ánimo de lucro. Estas ayudas contarán con financiación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en un porcentaje del 50%, a través del Programa Operativo de la Comunitat Valenciana 2014-2020
A1. Rendimiento del captador (máximo 20 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos que utilicen captadores solares de mayor rendimiento. A2. Ahorro de energía (máximo 20 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos con mayor ahorro de energía respecto el coste subvencionable. A3. Garantías de la instalación (máximo 10 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos que posean equipos con mayores garantías que las mínimas exigidas por la presente resolución. A4. Medida y monitorización (máximo 5 puntos). Se valorarán con mayor puntuación aquellos proyectos que posean equipos de medida y monitorización. A5. Uso de la instalación (máximo 5 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos de uso colectivo frente a los de uso individual. A6. Integración arquitectónica (máximo 5 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos con integración arquitectónica. A7. Rendimiento equipo biomasa (máximo 10 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos con equipos de biomasa de mayor rendimiento energético. A8. Sector-Tipo aplicación (máximo 10 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos realizados en el sector industria y servicios frente a los realizados en otros ámbitos. B. Diseño y cálculo de la instalación (máximo 15 puntos). B1. Criterios de diseño (máximo 15 puntos). Se valorarán con mayor puntuación aquellos proyectos en los que los cálculos realizados por el beneficiario sean coherentes con el tipo de proyecto. 2. Energía solar fotovoltaica aislada e instalaciones mixtas eólica-fotovoltaica aislada. A. Características del proyecto (máximo 85 puntos). A1. Rendimiento de los equipos (máximo 40 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos que utilicen captadores solares monocristalinos seguidos de los policristalinos. Los proyectos con paneles solares amorfos obtendrán menor puntuación. En el caso de proyectos de instalaciones mixtas eólica-fotovoltaica, se valorarán además las horas equivalentes de funcionamiento del aerogenerador, otorgando mayor puntuación a aquellos proyectos que tengan mayor número de horas equivalentes de producción eléctrica. A2. Sistema de seguimiento (máximo 10 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos con sistemas de seguimiento solar. A3. Garantías de la instalación (máximo 10 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos que posean equipos con mayores garantías que las mínimas exigidas por la presente resolución. A4. Medida y monitorización (máximo 5 puntos). Se valorarán con mayor puntuación aquellos proyectos que posean equipos de medida y monitorización. A5. Uso de la instalación (máximo 5 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos de uso colectivo frente a los de uso individual. A6. Integración arquitectónica (máximo 5 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos con integración arquitectónica. A7. Sector-Tipo aplicación (máximo 10 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos realizados en el sector industria y servicios frente a los realizados en otros ámbitos. B. Diseño y cálculo de la instalación (máximo 15 puntos). B1. Criterios de diseño (máximo 15 puntos). Se valorarán con mayor puntuación aquellos proyectos en los que los cálculos realizados por el beneficiario sean coherentes con el tipo de proyecto. 3. Energía eólica aislada. A. Características del proyecto (máximo 85 puntos). A1. Horas equivalentes de funcionamiento (máximo 40 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos que tengan mayor número de horas equivalentes de producción eléctrica. A2. Garantías de la instalación (máximo 10 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos que posean equipos con mayores garantías que las mínimas exigidas por la presente resolución. A3. Medida y monitorización (máximo 10 puntos). Se valorarán con mayor puntuación aquellos proyectos que posean equipos de medida y monitorización. A4. Uso de la instalación (máximo 10 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos de uso colectivo frente a los de uso individual. A5. Integración arquitectónica (máximo 5 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos con integración arquitectónica. A6. Sector-Tipo aplicación (máximo 10 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos realizados en el sector industria y servicios frente a los realizados en otros ámbitos. B. Diseño y cálculo de la instalación (máximo 15 puntos). B1. Criterios de diseño (máximo 15 puntos). Se valorarán con mayor puntuación aquellos proyectos en los que los cálculos realizados por el beneficiario sean coherentes con el tipo de proyecto. 4. Biomasa térmica, equipos de tratamiento en campo de biomasa para astillado o empacado, plantas de fabricación de pellets/briquetas, adaptación camiones cisterna para transporte/suministro biomasa Para cada una de las aplicaciones se establecen los siguientes criterios de valoración:
A1. Ahorro de energía (máximo 50 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos con mayor ahorro de energía respecto el coste subvencionable. A2. Garantías de la instalación (máximo 10 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos que posean equipos con mayores garantías que las mínimas exigidas por la presente resolución. A3. Uso de la instalación (máximo 5 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos de uso colectivo frente a los de uso individual. A4. Rendimiento equipo biomasa (máximo 10 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos con equipos de mayor rendimiento energético. A5. Sector-Tipo aplicación (máximo 10 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos realizados en el sector industria y servicios frente a los realizados en otros ámbitos. B. Diseño y cálculo de la instalación (máximo 15 puntos). B1. Criterios de diseño (máximo 15 puntos). Se valorarán con mayor puntuación aquellos proyectos en los que los cálculos realizados por el beneficiario sean coherentes con el tipo de proyecto.
A. Características del proyecto (máximo 85 puntos). A1. Productividad del sistema de tratamiento empleado (máximo 30 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos que tengan equipos con un mayor número de horas de funcionamiento anual. A2. Ahorro de los costes asociados al transporte de la biomasa tratada (máximo 25 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos que posean menores costes de transporte de la biomasa tratada. A3. Garantías de la instalación (máximo 10 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos que posean equipos con mayores garantías que las mínimas exigidas por la presente resolución. A4. Tipo de máquina (máximo 10 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos de adquisición de máquinas autopropulsadas frente a las máquinas semimóviles y no autopropulsadas. A5. Ámbito de uso de la maquinaria (máximo 10 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos en los que el uso de la maquinaria se realice sobre una zona concentrada frente a los que se realicen sobre zonas dispersas. B. Diseño y cálculo de la instalación (máximo 15 puntos). B1. Criterios de diseño (máximo 15 puntos). Se valorarán con mayor puntuación aquellos proyectos en los que los cálculos realizados por el beneficiario sean coherentes con el tipo de proyecto.
A1. Datos de producción de la planta de fabricación de pellets/briquetas (máximo 40 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos que generen mayor cantidad de biomasa (en términos energéticos) por coste subvencionable. A2. Materia prima utilizada (máximo 25 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos que utilicen como materia prima residuos forestales frente a industriales. A3. Garantías de la instalación (máximo 10 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos que posean equipos con mayores garantías que las mínimas exigidas por la presente resolución. A4. Tipo de biomasa fabricada (máximo 10 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos de generación de pellets y briquetas frente a astillas. B. Diseño y cálculo de la instalación (máximo 15 puntos). B1. Criterios de diseño (máximo 15 puntos). Se valorarán con mayor puntuación aquellos proyectos en los que los cálculos realizados por el beneficiario sean coherentes con el tipo de proyecto.
A. Características del proyecto (máximo 85 puntos). A1. Biomasa transportada frente al coste subvencionable (máximo 50 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos que transporten una mayor cantidad de biomasa por coste subvencionable. A2. Garantías de la instalación (máximo 10 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos que posean equipos con mayores garantías que las mínimas exigidas por la presente resolución. A3. Tipo de proyecto (máximo 15 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos que lleven asociados un programa de distribución de biomasa. A4. Sector-Tipo aplicación (máximo 10 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos realizados en el sector industria y servicios frente a los realizados en otros ámbitos B. Diseño y cálculo de la instalación (máximo 15 puntos). B1. Criterios de diseño (máximo 15 puntos). Se valorarán con mayor puntuación aquellos proyectos en los que los cálculos realizados por el beneficiario sean coherentes con el tipo de proyecto. 5.Biogás térmico A. Características del proyecto (máximo 85 puntos). A1. Ahorro de energía (máximo 50 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos con mayor ahorro de energía respecto el coste subvencionable. A2. Garantías de la instalación (máximo 10 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos que posean equipos con mayores garantías que las mínimas exigidas por la presente resolución. A3. Rendimiento de los equipos consumidores del biogás (máximo 15 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos con equipos de mayor rendimiento energético. A4. Sector-Tipo aplicación (máximo 10 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos realizados en el sector industria y servicios frente a los realizados en otros ámbitos. B. Diseño y cálculo de la instalación (máximo 15 puntos). B1. Criterios de diseño (máximo 15 puntos). Se valorarán con mayor puntuación aquellos proyectos en los que los cálculos realizados por el beneficiario sean coherentes con el tipo de proyecto. 6.Energía geotérmica A. Características del proyecto (máximo 85 puntos). A1. Ahorro de energía (máximo 50 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos con mayor ahorro de energía respecto a la instalación convencional. A2. Garantías de la instalación (máximo 10 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos que posean equipos con mayores garantías que las mínimas exigidas por la presente resolución. A3. Uso de la instalación (máximo 5 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos de uso colectivo frente a los de uso individual. A4. Tipo de instalación (máximo 10 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos consistentes en instalaciones con circuitos cerrados verticales frente a los horizontales y abiertos. A5. Sector-Tipo aplicación (máximo 10 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos realizados en el sector industria y servicios frente a los realizados en otros ámbitos. B. Diseño y cálculo de la instalación (máximo 15 puntos). B1. Criterios de diseño (máximo 15 puntos). Se valorarán con mayor puntuación aquellos proyectos en los que los cálculos realizados por el beneficiario sean coherentes con el tipo de proyecto. 7. Energía minihidráulica aislada. A. Características del proyecto (máximo 85 puntos). A1. Ahorro de energía (máximo 50 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos que generen mayor producción eléctrica por potencia instalada. A2. Garantías de la instalación (máximo 10 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos que posean equipos con mayores garantías que las mínimas exigidas por la presente resolución. A3. Tipo de proyecto (máximo 10 puntos). Se valorarán con mayor puntuación las instalaciones que se rehabiliten frente a las nuevas. A4. Sector-Tipo aplicación (máximo 15 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos realizados en el sector industria y servicios frente a los realizados en otros ámbitos. B. Diseño y cálculo de la instalación (máximo 15 puntos). B1. Criterios de diseño (máximo 15 puntos). Se valorarán con mayor puntuación aquellos proyectos en los que los cálculos realizados por el beneficiario sean coherentes con el tipo de proyecto. 8.Biocarburantes A. Características del proyecto (máximo 85 puntos). A1. Tipo de biocarburante (máximo 30 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos de bioetanol frente a los de biodiesel. A2. Garantías de la instalación (máximo 10 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos que posean equipos con mayores garantías que las mínimas exigidas por la presente resolución. A3. Tipo de proyecto (máximo 20 puntos). Se valorarán con mayor puntuación las instalaciones de producción frente a las de almacenamiento y suministro. A4. Porcentaje de contenido de biocarburante (máximo 15 puntos). Se valorarán con mayor puntuación aquellos combustibles con mayor porcentaje de biodiesel, bioetanol, biometano o biocarburantes asimilables. A5. Sector-Tipo aplicación (máximo 10 puntos). Se valorarán con mayor puntuación los proyectos de suministro a flotas frente a los de venta al público. B. Diseño y cálculo de la instalación (máximo 15 puntos). B1. Criterios de diseño (máximo 15 puntos). Se valorarán con mayor puntuación aquellos proyectos en los que los cálculos realizados por el beneficiario sean coherentes con el tipo de proyecto
SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN (que deberá acompañar a la solicitud):
LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Solo se admitirá la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante el Registro Electrónico que estén firmados electrónicamente mediante una firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido, según lo dispuesto en el Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Administración Electrónica de la Comunitat Valenciana, y expedido por la Generalitat o por cualquier otro prestador de servicios de certificación con el que la Generalitat haya firmado el oportuno convenio.
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