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Política energética Unión Europea (Eurostat)
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Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico
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Marco legislativo 2030. El paquete de invierno (IDAE)
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Real Decreto 616/2007, de 11 de mayo, sobre fomento de la cogeneración.
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Associació d'Agències Espanyoles de Gestió de l'Energia
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Institut per a la Diversificació i Estalvi de l'Energia
Estudis, informes, estadístiques
Pla nacional integrat d'energia i clima (IDAE)
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A continuación se describen brevemente las características principales de este programa de ayudas, si bien la información que se considerará como oficial a todos los efectos será la publicada en la RESOLUCIÓN de 7 de junio de 2013, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas en materia de ahorro y eficiencia energética en el sector transporte, para el ejercicio 2013.
>> Manual de instrucciones de justificación
Características del programa
Objeto
Los objetivos de este programa son:
- Redacción de Planes de Movilidad Urbana Sostenibles (PMUS) o estudios integrales de la movilidad municipal, incluyendo medidas y estrategias para promover un cambio modal hacia modos de transporte menos consumidores de energía
- Puesta en marcha de experiencias piloto relacionadas con la movilidad eléctrica con el objetivo de introducir los vehículos eléctricos en las ciudades de la Comunitat Valenciana.
- Fomentar la compatibilidad de los sistemas de bicicletas de uso público que se encuentran ya implantados en los municipios de la Comunitat, creando servicios supramunicipales entre aquellas localidades cercanas de tal manera que los distintos sistemas se integren en un único sistema de préstamo.
- Modernización del parque de vehículos industriales relacionados con el transporte por carretera (autobuses y camiones) para aprovechar las ventajas de la mayor eficiencia energética de los vehículos nuevos.
- Establecimiento de nuevas estaciones de recarga eléctricas con el fin de potenciar la adquisición de vehículos que utilicen este tipo de energía, consiguiendo así, aprovechar las ventajas de la mayor eficiencia energética de los nuevos vehículos.
Beneficiarios
Podrán acogerse a estas ayudas las personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada, dependiendo de lo establecido en cada una de las actuaciones.
Los beneficiarios deberán tener su domicilio, sede social o establecimiento de producción en la Comunitat Valenciana, y los proyectos objeto de ayuda deberán estar localizados en dicho territorio.
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdido, con los límites y características establecidos en cada una de las actuaciones.
Plazo y lugar de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta disposición en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Para el ejercicio 2013 ello se traduce en las siguientes fechas:
El solicitante deberá realizar obligatoriamente la tramitación de presentación de forma telemática a excepción de los particulares, los cuales podrán optar por realizar la tramitación de presentación de manera presencial.
Por vía telemática
No será necesario desplazarse al Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) dado que el trámite tendrá la misma validez que el efectuado por vía presencial, tal y como se recoge en la convocatoria de ayudas correspondiente. Para conocer el procedimiento y requisitos a tener en cuenta se ruega consultar previamente las "instrucciones para presentación de solicitudes por vía telemática".
Manera presencial
Solamente en el caso de particulares, en el caso de querer llevar a cabo la presentación de manera presencial, las solicitudes, acompañadas de la documentación complementaria según el tipo de solicitante y la actuación, podrán presentarse en la sede del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) en Valencia, C/ Colón, nº 1, 4ª planta.
Horario de registro:
En el caso de particulares que opten por la presentación de manera presencial, también podrán presentarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. A modo orientativo se indican las siguientes:
En el caso de que se optara por presentar la solicitud en una oficina de Correos, deberá hacerse en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por la oficina de Correos antes de ser certificada.
Procedimiento para presentar la solicitud
Por regla general, la solicitud siempre se presentará con anterioridad a la realización del proyecto/estudio o adquisición del bien, salvo indicación específica en otro sentido en algún programa y/o actuación.
En el momento de presentar la solicitud deberá acompañarse la siguiente documentación:
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA.
DOCUMENTACIÓN TÉCNICA.
Actuaciones apoyables
T21A Redacción de Planes de Movilidad Urbana Sostenible.
Descripción:
Esta actuación está orientada a la realización de Planes de Movilidad Urbana Sostenible los cuales son estudios integrales de la movilidad municipal, que incluyen medidas y estrategias para promover un cambio modal hacia modos de transporte menos consumidores de energía.
Beneficiarios:
Ayuntamientos, mancomunidades intermunicipales y órganos, organismos o entidades públicas de la Comunitat Valenciana que tengan responsabilidad en el transporte público.
Costes elegibles:
Los presupuestos máximos de licitación a efectos del cálculo de la ayuda, se determinarán en función del número de habitantes de los municipios afectados, según lo siguiente:
- Menos de 30.000 habitantes: 50.000 €.
- Más de 30.000 habitantes y menos de 50.000: 75.000 €.
- Más de 50.000 habitantes y menos de 100.000: 100.000 €.
- Más de 100.000 habitantes y menos de 300.000: 150.000 €.
- Más de 300.000 habitantes: 200.000 €.
Cuantía de la ayuda:
El apoyo máximo será del 60% del coste del estudio.
Otros datos de interés:
- El beneficiario de la ayuda estará obligado a presentar a la finalización del proyecto una copia del estudio realizado, tanto en soporte papel como electrónico, así como un resumen de resultados según formulario facilitado por el IVACE (disponible igualmente en la página web, (www.aven.es).
- El estudio deberá contener como mínimo los puntos indicados en el anexo II de la Resolución de ayudas.
- Dicho estudio dispondrá de un apartado específico de evaluación energética y otro de síntesis y conclusiones.
- Asimismo, dicho estudio deberá contemplar un apartado de análisis de viabilidad de la movilidad eléctrica en el municipio.
- El incumplimiento de alguno de estos requisitos podrá dar lugar a la revocación de la ayuda
- Los costes elegibles incluyen las inversiones en equipos, instalaciones, vehículos eléctricos que no puedan ser objeto de ayuda en la actuación T27A del presente Anexo, software específico y los costes de explotación estrictamente necesarios para la ejecución del proyecto. El coste elegible de los vehículos eléctricos será la base imponible del vehículo antes de impuestos. En cuanto a los costes de explotación se considerarán como elegibles sólo los correspondientes al primer año de funcionamiento.
- No se incluye en el coste elegible las inversiones/gastos en infraestructura de obra civil, seguros, mantenimiento de los equipos, gastos de personal propio ni ningún concepto que no esté relacionado directamente con el objeto de la ayuda.
El apoyo máximo para esta actuación tendrá un límite del 40% del coste elegible, excepto para los vehículos eléctricos que tendrán una ayuda máxima del 20% del coste elegible.
Descripción:
Consiste en fomentar la compatibilidad de los sistemas de bicicletas de uso público que se encuentran ya implantados en los municipios de la Comunitat, creando servicios supramunicipales entre aquellas localidades cercanas de tal manera que los distintos sistemas se integren en un único sistema de préstamo.
Beneficiarios:
Ayuntamientos, mancomunidades, órganos, organismos y entidades públicas de la Comunitat Valenciana.
Asimismo, se considerarán como objeto de ayuda, sistemas acogidos a fórmulas de renting, siempre y cuando el importe total de la ayuda asignada se descuente de la cuota a pagar por el ayuntamiento o entidad correspondiente (el descuento en cada cuota mensual será como mínimo el total de la subvención dividido por 36). El solicitante de las ayudas (empresa de renting) deberá contar con el visto bueno del Ayuntamiento o Entidad que figure como prestataria del servicio a los ciudadanos/usuarios.
Costes elegibles:
Los costes elegibles incluirán las inversiones en bicicletas, software y hardware necesario para el funcionamiento de los sistemas y las inversiones en equipos e instalaciones de las bases de préstamo de bicicletas.
Sólo se considerará como coste elegible las contrataciones externas de servicios y suministros.
Cuantía de la ayuda:
El cálculo de la ayuda se realizará en función del número de bicicletas convencionales (N), eléctricas (BE) y del número de anclajes o compartimentos del sistema automático destinados al enganche, recepción y préstamo de las bicis del sistema (A), según la siguiente fórmula:
Ayuda= 25.000 ((N+BE)/100)0,6 + 16.000 (A/10)0,8 + 400 BE
La ayuda máxima calculada según la formula anterior no podrá superar el 70% del coste elegible, con un máximo de 100.000 €.
Otros datos de interés:
- El sistema de préstamo de bicicletas deberá adaptarse a las directrices técnicas y de operación que para este tipo de proyectos pudieran establecerse desde la Generalitat Valenciana.
- Para acogerse a esta medida el municipio deberá presentar un estudio o plan director donde se haya analizado el fomento del uso de la bicicleta en general y los sistemas de préstamo público de bicicletas en particular. En dicho documento se deberá analizar además la compatibilidad con el sistema que ya se encuentra implantado y en funcionamiento.
- Preferiblemente en poblaciones de tamaño medio (30.000 - 300.000 habitantes).
- Se apoyarán los proyectos cuyo objetivo sea compatibilizar los servicios de préstamo de bicicletas de al menos 2 municipios que se encuentren actualmente en funcionamiento. Asimismo, en el caso de que el ayuntamiento que solicite la ayuda no tenga implantadas estaciones de préstamo de bicicletas en su municipio pero desee instalar bancadas para integrarse en el sistema supramunicipal, deberá entregar el compromiso firmado por los distintos ayuntamientos en el que se acepte la inclusión del nuevo sistema de préstamo de bicicletas en el ya implantado.
- No serán apoyables aquellos sistemas de préstamo de bicicletas que no se integren bajo un único sistema supramunicipal que se encuentre actualmente en funcionamiento.
T21D Promoción de bicicleta eléctrica en el trabajo.
Descripción:
Promocionar de la bicicleta eléctrica en sustitución de transporte motorizado para los desplazamientos casa-trabajo y para su introducción en flotas de reparto.
Aplicaciones:
Adquisición de bicicletas eléctricas de pedaleo asistido nuevas que utilicen un motor con potencia no superior a 250 W como ayuda al esfuerzo muscular del conductor. Dicho motor deberá detenerse cuando el conductor deje de pedalear o la velocidad supere los 25 km/h. La batería deberá tener una densidad energética de, como mínimo, 80 Wh/kg.
Beneficiarios:
Empresas o entidades de carácter público o privado.
Características específicas:
Para los desplazamientos casa-trabajo, se asignará a cada usuario una bici determinada siendo su responsabilidad la custodia y mantenimiento de la misma. En los casos de uso para mensajería o reparto, la custodia, recarga y mantenimiento de las bicis será responsabilidad de la empresa. En este caso se considerarán el uso de triciclos que incorporen un pequeño remolque.
En todos los casos la bicicleta es propiedad de la empresa-entidad solicitante y está expresamente prohibido cualquier tipo de remuneración por alquiler o cesión de uso de la misma.
Costes elegibles:
Los costes elegibles incluirán las inversiones en adquisición de las bicicletas eléctricas.
Cuantía de la ayuda:
La ayuda por bici/triciclo será del 40% del PVP con un máximo de 500 euros. La ayuda máxima por beneficiario será de 20.000 €.
Otros datos de interés:
La solicitud de ayuda la ejecutarán las empresas o entidades de carácter público o privado que previamente hayan negociado y acordado con sus trabajadores el uso de la bicicleta eléctrica en sustitución del vehículo térmico durante un número mínimo de días (no inferior al 40% de los días laborables que tenga por prestación anual cada trabajador).
La venta o cesión de las bicicletas a terceros antes de los 2 años desde la recepción de las ayudas implicará la obligatoriedad de la devolución de las mismas. Se realizará informe de seguimiento y del grado de satisfacción de los usuarios de las bicis eléctricas.
Los vehículos industriales deberán tener una MMA de al menos 3.500 kg.
Concepto de inversión | Coste elegible máximo (€) |
Ayuda Máxima (€) |
Instalación completa de un punto de recarga cubierto con una potencia inferior a 40 kW. | 4.000 | Hasta el 40% del coste elegible con un máximo de 1.600 € |
Instalación completa de un punto de recarga en la vía pública con una potencia inferior a 40 kW | 6.500 | Hasta el 40% del coste total elegible con un máximo de 2.600 € |
Instalación completa de un punto de recarga rápida con una potencia igual o mayor de 40 kW. | 50.000 | Hasta el 40% del coste elegible con un máximo de 20.000 € |
Estación de sustitución de baterías | 60.000 | Hasta el 40% del coste elegible con un máximo de 24.000 € |
Sistema centralizado de control y gestión del sistema de puntos de recarga (sólo para proyectos tipo 1.2) | 50.000 | Hasta el 40% del coste elegible con un máximo de 20.000 € |
Para los proyectos tipo 2.1 se consideran los siguientes costes elegibles máximos y límites de ayuda para la disposición de los puntos de recarga:
Concepto de inversión | Coste elegible máximo (€) |
Ayuda Máxima (€) |
Instalación completa de un punto de recarga con potencia inferior a 40 kW | 4.000 | Hasta el 30% del coste elegible con un máximo de 1.200 €. |
Instalación completa de un punto de recarga con potencia mayor de 40 k | 50.000 | Hasta el 30% del coste elegible con un máximo de 15.000 € |
Sistema centralizado de control y gestión del sistema de puntos de recarg | 50.000 | Hasta el 30% del coste elegible con un máximo de 15.000 € |
Para los proyectos tipos 2.2 el apoyo otorgado será de hasta del 40% del coste elegible, con un máximo de 200 € por punto de recarga instalado.
Preguntas frecuentes
Información adicional
Para mayor información sobre la convocatoria de Ayudas se deberá consultar el documento: RESOLUCIÓN de 7 de junio de 2013, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas en materia de ahorro y eficiencia energética en el sector transporte, para el ejercicio 2013.
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