Dirigido a: Personas tanto físicas como jurídicas que presenten proyectos de inversión o reinversión calificados como prioritarios dentro del territorio de la Comunitat Valenciana |
Presentación solicitudes: Abierto todo el año |
* según condiciones establecidas en la Ley 19/2018, de 13 de julio, de la Generalitat, de aceleración de la inversión a proyectos prioritarios (DOGV nº 8339 de 16.07.2018)
Objetivos |
- Coordinar y colaborar con los diferentes departamentos y organismos de la Generalitat, las entidades locales que hayan suscrito el oportuno instrumento de colaboración con la Generalitat, así como con el resto de organismos involucrados en un proyecto, ofreciendo una hoja de ruta que simplifique y facilite los trámites necesarios para el desarrollo de un proyecto de inversión o reinversión.
- Reducir los plazos de los trámites administrativos, en los términos establecidos en la Ley 19/2018, de 13 de julio, de la Generalitat, de aceleración de la inversión a proyectos prioritarios (LAIP).
Entidades beneficiarias |
Personas tanto físicas como jurídicas que presenten proyectos de inversión o reinversión calificados como prioritarios dentro del territorio de la Comunitat Valenciana.
Tipo de ayuda |
- Asistencia por parte del Punto de Aceleración a la Inversión a los proyectos calificados como prioritarios durante todo el proyecto de inversión o reinversión.
- Tramitación urgente y preferente de los proyectos calificados como prioritarios, reduciéndose a la mitad los plazos ordinarios de los trámites administrativos respetando, en todo caso, la legislación básica que sea aplicable.
Es importante destacar que este tipo de ayuda será aplicable en los plazos de aquellos trámites, licencias e informes de las corporaciones locales regulados en las leyes regionales y en los organismos de la Administración regional.
Proyectos prioritarios |
La ley 19/2018, de 13 de julio, de la Generalitat, de aceleración de la inversión a proyectos prioritarios recoge que, con carácter general, para que un proyecto sea considerado como prioritario deberá cumplir con uno de los requisitos siguientes:
a) Generar diez o más puestos de trabajo con contrato indefinido a jornada completa.
b) Realizar una inversión en activos fijos, excluyendo los inmobiliarios, por importe igual o superior a 600.000 €.
Estos requisitos se reducen a la mitad en caso de que los proyectos se desarrollen en los municipios de la Comunitat Valenciana con mayor riesgo de despoblación. (consultar aquí municipios con riesgo de despoblamiento)
Además de este requisito general, se procederá a evaluar el valor añadido que aportan los proyectos a la Comunitat Valenciana en áreas como desarrollo tecnológico e innovación, desarrollo y vertebración territorial, recuperación y fomento de sectores tradicionales, generación de empleo, promoción de la inclusión social, igualdad y conciliación, protección medioambiental o prácticas de responsabilidad social y otros criterios ODS Naciones Unidas , de acuerdo con los criterios establecidos en la citada Ley y aprobados en la Resolución de fecha 12/12/2018. (ver aquí)
Plazos |
Plazo de presentación de solicitudes: abierto todo el año
Solicitud y documentación |
Lugar de presentación de solicitudes:
Tanto la solicitud como la memoria técnica y el resto de documentación adicional se presentará debidamente firmada a través del siguiente correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Los requerimientos se realizarán por los mismos medios, es decir, a través del mismo correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. . Si transcurren diez días naturales sin que se acceda al contenido del requerimiento, se entenderá que la notificación ha sido rechazada y se tendrá por realizado el trámite de la notificación.