MedidasdanaID cs

Dirigido a: PYME y grandes empresas que cuenten con al menos tres personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas. En el caso de las pymes que acrediten el carácter nueva empresa innovadora, no se establece un mínimo de personal propio para poder ser beneficiaria

Presentación solicitudes: Desde el 09/01/2024 hasta el 22/02/2024 (a las 23:59:59 horas) *

Plazo de ejecución: Deberá iniciarse con posterioridad a la fecha de solicitud y podrá finalizarse hasta el 30/12/2025 (**)

Plazo de justificación (y periodo subvencionable del pago): hasta el 2/04/2026 (**)

Pidcop-csUEdeclaración CS 

* según condiciones de la convocatoria del programa publicada en el DOGV nº 9754 de fecha 28/12/2023

(**) Modificación de la convocatoria (DOGV nº 10001 de 09/12/2024)

 antesdepresentar pidcopaclaracionespreg pidcop

 

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Objetivos
 
Realización de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental en cooperación  entre varias empresas.
El Programa podrá contar con financiación hasta el 60 % de la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
 
empresasbeneficiarias-p Empresas beneficiarias
 

PYME y grandes empresas con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, que tengan al menos tres personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas, consignadas en el recibo de liquidación de cotizaciones de la Seguridad Social correspondiente al segundo mes anterior a la fecha de solicitud de la ayuda.

Las empresas deberán integrar un consorcio creado con el propósito, entre otros, de ejecutar un proyecto común en el marco de este programa. Los consorcios deberán reunir las siguientes condiciones:

  • Constituidas por un mínimo de dos empresas independientes entre sí, debiendo ser al menos una de ellas pyme.
  • Superado el número de dos empresas, no será necesario el cumplimiento del requisito de tamaño y de independencia en el resto de las empresas de la agrupación
  • Todas las empresas integrantes del consorcio deberán ser necesariamente solicitantes de ayuda a este programa para el mismo proyecto.
  • Ninguna empresa integrante del consorcio podrá correr por sí sola con más del 70% de los costes subvencionables del proyecto, ni con menos del 15% de los mismos.
  • La empresa que mayor participación económica tenga en el proyecto asumirá la condición de líder del proyecto.

La constitución del consorcio deberá acreditarse mediante un acuerdo entre las partes, según modelo disponible en el apartado "Documentación Anexa" de esta página.

Requisitos de los proyectos
 
  • Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda, de manera que la convocatoria de ayudas produzca un efecto incentivador para la ejecución de los proyectos.
  • Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana.
  • Los proyectos deberán desarrollar conocimiento con el fin de incrementar la competitividad, la diferenciación de los productos o servicios en los mercados y la generación de empleo de calidad.
  • Los costes asociados al proyecto no podrán recibir simultáneamente ayudas en el marco de esta convocatoria y de otras procedentes de ésta u otra administración o ente público.
  • Presupuesto subvencionable del proyecto mayor de 80.000 euros y menor de 500.000 euros
  • El proyecto significará un nuevo desarrollo para la empresa solicitante y, por tanto, no realizado con anterioridad, en todo o en parte, por esta ni tampoco por ninguna otra empresa vinculada o contratada para la realización del proyecto.
  • Será condición imprescindible para percibir la ayuda mantener los requisitos que para la validez del consorcio se exigen en el apartado Empresas Beneficiarias del anexo de la convocatoria correspondiente a este programa.

 

actuacionesApoyables.gif Actuaciones apoyables
 
1) Los proyectos deberán poderse encuadrar en alguna de las siguientes actuaciones apoyables:
  • Investigación industrial: investigación planificada o estudios críticos cuyo objeto sea la adquisición de nuevos conocimientos y técnicas que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios o contribuir a mejorar considerablemente los ya existentes.
  • Desarrollo experimental: adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes -de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo- con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados; puede incluir también actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos o servicios.

2) Los proyectos deberán estar situados en niveles TRL (Technology Readiness Levels) entre 1 a 7, ambos incluidos. La descripción de TRLs será la utilizada por la Comisión Europea, que aparece detallada en el anexo II de la Resolución de convocatoria.
 

tipoAyuda.gif Tipo de ayuda
 

Subvención a fondo perdido calculada en porcentaje sobre los costes subvencionables con intensidad variable en función del tamaño de empresa:

  • Pequeña empresa: hasta el 60%
  • Mediana empresa: hasta el 50%
  • Gran empresa: hasta el 40%

 

costesSubvencionables.gif Costes subvencionables
 

1. Servicios externos
   
a) Coste de contratos de investigación y desarrollo con organismos de investigación.
    b) Servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación y desarrollo subvencionada.

2. Adquisición de patentes y licencias
Costes de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas a precio de mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia.

3. Personal propio
Gastos del personal investigador, del personal técnico y del personal auxiliar (salario bruto, y coste de la Seguridad Social a cargo de la empresa) empleados en centros de trabajo de la Comunitat Valenciana durante el tiempo en que estén dedicados al proyecto de investigación y desarrollo.
Se limita el coste horario subvencionable a 50 euros/hora como máximo.    

4. Materiales
Costes de materias primas y otros aprovisionamientos de naturaleza consumible que se deriven directamente de la actividad de investigación y desarrollo

5. Gastos de amortización del instrumental y equipamiento
•    
Gastos de amortización del instrumental y equipamiento necesario para la realización del proyecto, excluyendo los dispositivos informáticos de uso genérico.

 

Plazos
 

Plazo de presentación de solicitudes: Los plazos de presentación de solicitudes son los indicados en el cuadro siguiente:

Plazo de presentación de solicitud

Inicio proyecto

Fecha límite de ejecución del proyecto (gastos)

Fin plazo justificación (límite periodo pago)

 Desde el 09/01/2024 hasta 22/02/2024 a las 23:59:59 h.  Posterior a la solicitud  30/12/2025  2/04/2026

 

Criterios de valoración
 

Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando tenga una puntuación mínima de 50 puntos en la evaluación y siempre que se superen los umbrales indicados en cada uno de los apartados del siguiente baremo.

Serán criterios de evaluación:

1. Calidad del proyecto. Máximo: 30 puntos. Umbral mínimo: 17 puntos
•   Grado de avance: 0-10 puntos. Se valorará el avance en el conocimiento científico o aplicación del mismo que supone el proyecto respecto al estado del arte actual. Si el proyecto no muestra salto tecnológico, no será considerado como de I+D y, por tanto, será denegado.
•   Novedad del proyecto: 0-10 puntos. Se valorarán los antecedentes o evidencias sobre el grado de novedad a nivel internacional o nacional / Comunidad Valenciana. Si el proyecto no muestra novedad objetiva, no será considerado como de I+D y, por tanto, será denegado.
•    Metodología y plan de trabajo: 0-5. Se valorará la calidad del plan de trabajo y de la metodología prevista para su desarrollo.
•    Presupuesto del proyecto: 0-5. Se valorará la adecuación del presupuesto del proyecto a los objetivos previstos y a los medios requeridos para su correcta ejecución.

2. Viabilidad técnica. Máximo: 30 puntos. Umbral mínimo: 15 puntos

•    Capacidad y experiencia del equipo de trabajo de las empresas que participan en el proyecto: 0-10. Se valorará que las personas que participan en el proyecto dispongan de titulación adecuada con experiencia consolidada en I+D.
•    Adecuación de recursos implicados en la ejecución del proyecto y participación de Organismos de Investigación: 0-10. Se valorará que el conjunto de recursos internos y externos dedicados al proyecto sean adecuados para llevarlo a cabo. Cuando no exista en la propia empresa capacidad suficiente para acometer las tareas de I+D se valorará la contratación con Centros de Investigación o servicios externos cualificados.
•    Equilibrio y complementariedad del consorcio: 0-10. Se valorará la capacidad de las diferentes empresas para atender distintos aspectos del proyecto según sus capacidades y competencias y con una distribución adecuada de tareas según el peso relativo de cada una de ellas.

3. Resultados/impacto esperable del proyecto. Máximo: 30 puntos - Umbral mínimo: 10 puntos

•    Impacto económico, social y medioambiental del proyecto: 0-10 . Se valorará la triple dimensión de la responsabilidad social empresarial: previsiones de internacionalización, incremento de las ventas, mejora de la competitividad y creación de empleo; orientación hacia la salud y mejora de la calidad de vida, colectivos desfavorecidos; alineación  con las prioridades temáticas Climate KIC.
•    Proyectos que se encuadren en las prioridades de especialización de la S3 CV.: 0-5. Se valorará la justificación del impacto previsto sobre las prioridades a las que pueda aplicar el proyecto.
•    Efecto de arrastre: 0-5. Se valorará el efecto arrastre del proyecto, en el sentido de la posible repercusión de sus resultados  en un amplio colectivo de empresas en las que pueda provocar actuaciones tendentes a hacer suyas, emular o basarse en los logros del proyecto en futuras actuaciones.
•    Proyectos cuyos resultados sean prototipos cercanos al mercado comprendidos entre los  niveles TRL  5 y  TRL 7: 0-5.
•    Proyectos cuyo desarrollo se efectúe a partir de patentes de las empresas integrantes del consorcio o tengan como resultado una nueva patente: 0-5

4. Características de la empresa solicitante. Máximo: 10 puntos

•    Alguna de las empresas del consorcio dispone de un PIO registrado no estando obligada a ello por la normativa aplicable. 0-2
•   La actividad principal de alguna de las empresas integrantes del consorcio desarrolla al menos una de las líneas de actuación establecidas en el Pacto Verde Europeo que busca la transformación de la economía de la UE con miras a un futuro sostenible. Se valoran las líneas de trabajo en eficiencia energética de los edificios; movilidad sostenible; industria sostenible; tecnologías de alimentos; energía limpia, asequible y segura; eliminación de contaminación; protección y recuperación de la biodiversidad; y acción por el clima. 0-3
•    Porcentaje de personas con diversidad funcional, sobre el total de la plantilla de los integrantes del consorcio, por encima del mínimo legal exigible. 0-2

•    Alguna de las empresas integrantes del consorcio tiene la consideración de nueva empresa innovadora con antigüedad inferior a 5 años. 0-3

 

comoSolicitar.gif Presentación de solicitudes
 

FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD

La tramitación tanto de la solicitud, como en general del procedimiento, será electrónica y requerirá que la empresa solicitante disponga durante todas las fases del procedimiento de certificado de representante de empresa –o de persona física para los empresarios/as individuales- emitido por la Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana, o por cualquier entidad reconocida en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación establecidos en España, publicada en la sede electrónica del Ministerio de Industria y Turismo.
 
Asimismo la empresa solicitante podrá autorizar a otra persona para que realice cualquier trámite relacionado con esta convocatoria siempre que dicha autorización conste en el Registro de Representantes de la ACCV (https://www.accv.es/servicios/registro-de-representantes/).

La solicitud se presentará en el registro telemático del IVACE a través de su página web <https://www.ivace.es>.

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