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Dirigido a: |
Pymes que hayan participado en los programas de Tutorías de IVACE Internacional durante los años 2015 y 2016 y las pymes que hayan sido beneficiarias de la convocatoria de Cheque Tutorías 2017. | ![]() |
Fecha presentación solicitudes: | Desde el 12 de marzo de 2018 hasta el 22 de junio de 2018* | |
Fecha límite justificación: 31 enero 2019 |
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Objetivo |
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Plazos |
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Tipo de ayuda e intensidad |
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Empresas Beneficiarias |
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Actuaciones apoyables |
Proyectos de internacionalización concretados en la Memoria presentada por las PYMES solicitantes cuyo coste subvencionable no supere el límite de 100.000 euros.
La empresa podrá solicitar ayudas para el seguimiento y desarrollo de un plan de internacionalización con independencia del número de tutorías en las que hubiera resultado beneficiaria o hubiera participado.
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Costes subvencionables |
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Criterios de valoración |
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Solicitud y documentación |
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Dirigido a: PYMES con sede social en la CV |
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Presentación solicitudes: | Desde el 09/03/2018 hasta 18/05/2018 |
Periodo elegible de gastos: Desde 1 enero 2018 hasta el 31 de diciembre de 2018 |
* según condiciones de la convocatoria del programa publicada en el DOGV nº 8250 de fecha 09/03/2018, y en la Base de Datos nacional de Subvenciones,si bien la información exhaustiva y completa del programa deberá consultarse en los textos publicados en el DOCV.
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Objetivos |
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Empresas beneficiarias |
PYME con sede social en la Comunitat Valenciana.
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Requisitos de los proyectos |
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Actuaciones apoyables |
Las acciones del Plan de Promoción Internacional deberán poderse encuadrar en la siguiente tipología de actuaciones de promoción internacional:
• Participación en certámenes feriales o congresos internacionales en el exterior
• Eventos y acciones singulares de promoción en el exterior
• Creación y adaptación del material promocional de la empresa
• Desplazamientos a los distintos mercados internacionales incluidos en el Plan de promoción internacional.
• Gastos de certificación y homologación en los mercados de destino excluídos los países de la Unión Europea
• Y cualquier otra iniciativa relacionada con las actividades que permitan la consolidación y el crecimiento internacional de la empresa, sin que en ningún caso éstas consistan en el establecimiento y explotación de redes de distribución en el extranjero u en otros gastos corrientes vinculados a una actividad exportadora.
Quedan excluidas las acciones de promoción que se realicen en territorio nacional.
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Tipo de ayuda |
La ayuda reembolsable tendrá por objeto la concesión de un préstamo con bonificación del tipo de interés.
Características del préstamo bonificado:
- Cuantía del préstamo: 100% de los costes subvencionables, con un límite de 60.000 euros.
- Tipo de interés: 0 %- Cuotas de amortización semestral, hasta completar un plazo de amortización de tres años, salvo modificación aprobada por resolución del presidente del IVACE.
- Garantías: se podrá constituir en metálico o en forma de aval financiero prestado por entidades de crédito o por Sociedades de Garantía Recíproca que deberá cubrir tanto el importe del préstamo avalado como cualquier gasto derivado del incumplimiento de la obligación de reembolso. La garantía será del 30% del importe del préstamo.
- Sin comisiones de estudio ni apertura de la operación.
Importe máximo de la ayuda: Las ayudas descritas estarán sujetas al régimen de minimis lo que supone que la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no será superior a 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.
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Costes subvencionables |
Todos aquellos costes relacionados en las actuaciones apoyables descritas en el artículo 4 de la convocatoria
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Esquema General |
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Criterios de valoración |
1. - Características del proyecto. Máximo 70 puntos
a) Calidad del proyecto. Puntuación máxima grupo 55 puntos.
- Calidad del plan de Internacionalización presentado. Máximo 25 puntos
- Coherencia entre los objetivos planteados por la empresa y las acciones a realizar. Máximo 20 puntos.
- Incorporación de actuaciones en países fuera de la Unión Europea . Máximo 10 puntos
b) Viabilidad del proyecto. Puntuación máxima grupo 15 puntos.
- Viabilidad económica del proyecto. Se evaluará el grado de solvencia económica de la empresa. Máximo 10 puntos
- Adecuación del tamaño y recursos económicos de la empresa al plan previsto por la empresa. Máximo 5 puntos
2. - Características del solicitante. Máximo 25 puntos
a) Recursos humanos de la empresa. Puntuación máxima grupo 20 puntos.
- Ratio entre volumen de facturación y número de empleados fijos en la empresa. Máximo 15 puntos.
- Disponibilidad de los recursos humanos del área internacional de la empresa. Máximo 5 puntos
b) Grado de internacionalización de la empresa. Puntuación máxima 5 puntos.
Se considerará de forma positiva a aquellas empresas que se inicien en la internacionalización.
3.- Asimismo, se establece como criterio social aplicable en la valoración de las solicitudes y con una ponderación máxima de 5 puntos: Los proyectos de empresas que realicen durante el ejercicio 2018 aportaciones a ONG u otras entidades de carácter benéfico, siempre que se aporte documentación justificativa.
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Solicitud y documentación |
Lugar de presentación de solicitudes:
La tramitación del procedimiento será electrónica. La presentación electrónica requerirá que la empresa solicitante disponga de firma electrónica, bien con el certificado reconocido de entidad, bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), ambos emitidos por la Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana, DNI electrónico, certificado de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, así como los certificados reconocidos en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación establecidos en España, publicado en la sede electrónica del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital
Cuando la solicitud no reúna los requisitos exigidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o no se acompañe de la documentación que de acuerdo con esta convocatoria sea exigible, se requerirá al solicitante para que -en el plazo de 10 días hábiles desde el siguiente al de la recepción del requerimiento- subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos.
Los requerimientos se realizarán por medios electrónicos y se entenderán practicados o rechazados en los términos que se señalan en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este sentido, si transcurren diez días naturales sin que se acceda al contenido del requerimiento, se entenderá que la notificación ha sido rechazada y se tendrá por realizado el trámite de la notificación.
Dirigido a: PYMES con sede social en la CV |
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Presentación solicitudes: | Desde el 25/05/2017 hasta 16/06/2017 |
Periodo elegible de gastos: Desde 1 enero 2017 hasta el 31 de diciembre de 2017 |
* según condiciones de la convocatoria del programa publicada en el DOGV nº 8047 de fecha 24/05/2017, y en la Base de Datos nacional de Subvenciones,si bien la información exhaustiva y completa del programa deberá consultarse en los textos publicados en el DOCV.
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Objetivos |
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Empresas beneficiarias |
PYME con sede social en la Comunitat Valenciana.
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Requisitos de los proyectos |
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Actuaciones apoyables |
Las acciones del Plan de Promoción Internacional deberán poderse encuadrar en la siguiente tipología de actuaciones de promoción internacional:
• Participación en certámenes feriales o congresos internacionales en el exterior
• Eventos y acciones singulares de promoción en el exterior
• Creación y adaptación del material promocional de la empresa
• Desplazamientos a los distintos mercados internacionales incluidos en el Plan de promoción internacional.
• Gastos de certificación y homologación en los mercados de destino excluídos los países de la Unión Europea
• Y cualquier otra iniciativa relacionada con las actividades que permitan la consolidación y el crecimiento internacional de la empresa, sin que en ningún caso éstas consistan en el establecimiento y explotación de redes de distribución en el extranjero u en otros gastos corrientes vinculados a una actividad exportadora.
Quedan excluidas las acciones de promoción que se realicen en territorio nacional.
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Tipo de ayuda |
La ayuda reembolsable tendrá por objeto la concesión de un préstamo con bonificación del tipo de interés.
Características del préstamo bonificado:
- Cuantía del préstamo: 100% de los costes subvencionables, con un límite de 60.000 euros.
- Tipo de interés: 0 %- Cuotas de amortización semestral, hasta completar un plazo de amortización de tres años, salvo modificación aprobada por resolución del presidente del IVACE.
- Garantías: se podrá constituir en metálico o en forma de aval financiero prestado por entidades de crédito o por Sociedades de Garantía Recíproca que deberá cubrir tanto el importe del préstamo avalado como cualquier gasto derivado del incumplimiento de la obligación de reembolso. La garantía será del 30% del importe del préstamo.
- Sin comisiones de estudio ni apertura de la operación.
Importe máximo de la ayuda: Las ayudas descritas estarán sujetas al régimen de minimis lo que supone que la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no será superior a 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.
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Costes subvencionables |
Todos aquellos costes relacionados en las actuaciones apoyables descritas en el artículo 4 de la convocatoria
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Esquema General |
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Criterios de valoración |
1. - Características del proyecto. Máximo 60 puntos
a) Calidad del proyecto. Puntuación máxima grupo 45 puntos.
- Calidad del plan de Internacionalización presentado. Máximo 25 puntos
- Coherencia entre los objetivos planteados por la empresa y las acciones a realizar. Máximo 10 puntos.
- Incorporación de actuaciones en países fuera de la Unión Europea . Máximo 10 puntos
b) Viabilidad del proyecto. Puntuación máxima grupo 15 puntos.
- Viabilidad económica del proyecto. Se evaluará el grado de solvencia económica de la empresa. Máximo 10 puntos
- Adecuación del tamaño y recursos económicos de la empresa al plan previsto por la empresa. Máximo 5 puntos
2. - Características del solicitante. Máximo 20 puntos
a) Recursos humanos de la empresa. Puntuación máxima grupo 15 puntos.
- Ratio entre volumen de facturación y número de empleados fijos en la empresa. Máximo 10 puntos.
- Disponibilidad de los recursos humanos del área internacional de la empresa. Máximo 5 puntos
b) Grado de internacionalización de la empresa. Puntuación máxima 5 puntos.
3.- Solvencia del beneficiario.
4.- Asimismo, como medidas de actuación para favorecer la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y de integración social y laboral de las personas con discapacidad, se establecen como criterios sociales en la valoración de las solicitudes los siguientes, con una ponderación máxima de 10 puntos:
- Que el solicitante cuente con un Plan de Igualdad de Oportunidades aún cuando no le sea exigible por la normativa vigente.
- El porcentaje de mujeres en plantilla, así como el porcentaje de horas de dedicación al proyecto por parte de mujeres.
- La mejora de la brecha salarial de la empresa solicitante respecto a la media nacional.
- El porcentaje de personal con diversidad funcional contratadas sobre el total de la plantilla por encima del mínimo legal exigible.
- Los contratos formalizados con personas en situación o riesgo de exclusión social, centros especiales de empleo o empresas de inserción, adicionales a los exigibles como medidas complementarias.
- Las cantidades aportadas por el solicitante a ONG y entidades de carácter benéfico.
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Solicitud y documentación |
Lugar de presentación de solicitudes:
Tanto la solicitud como la memoria y el resto de documentación exigida se presentarán ante el Registro Electrónico del IVACE. La presentación telemática requerirá que el solicitante disponga de firma electrónica avanzada mediante certificado expedido por la Generalitat o por cualquier otro prestador de servicios de certificación con el que la Generalitat haya firmado el oportuno convenio.
Cuando la solicitud no reúna los requisitos exigidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o no se acompañe de la documentación que de acuerdo con esta convocatoria sea exigible, se requerirá al solicitante para que -en el plazo de 10 días hábiles desde el siguiente al de la recepción del requerimiento- subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos.
Los requerimientos se realizarán por medios electrónicos y se entenderán practicados o rechazados en los términos que se señalan en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este sentido, si transcurren diez días naturales sin que se acceda al contenido del requerimiento, se entenderá que la notificación ha sido rechazada y se tendrá por realizado el trámite de la notificación.
Dirigido a: | Empresas PYME con personalidad jurídica propia y domicilio social en la Comunitat Valenciana |
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Solicitudes: | Desde el 26 de junio de 2017 al 10 de noviembre de 2017 |
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Fecha de justificación: hasta el 31 de mayo de 2018 |
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Objetivo |
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Empresas beneficiarias |
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Plazos |
Desde el 26 de junio hasta el 10 de noviembre de 2017.
Se realizarán distintas resoluciones de adjudicación según las fechas de presentación de las solicitudes, siempre que exista disponibilidad presupuestaria:
– Solicitudes recibidas desde el 26 de junio hasta el 31 de julio de 2017.
– Solicitudes recibidas entre el 1 de agosto y el 30 de septiembre de 2017.
– Solicitudes recibidas entre el 1 de octubre y el 10 de noviembre de 2017.
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Tipo de ayuda e intensidad |
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Actuaciones apoyables |
Subvención de los honorarios del personal experto en materia de internacionalización que formen a las empresas en las materias indicadas en el siguiente apartado.
Para ello, dicho personal experto en materia de internacionalización deberá ser integrante de la Bolsa convocada mediante Resolución de 27 de diciembre de 2016 (DOGV 7965, de 25 de enero de 2017), para la prestación de servicios especializados a las empresas de la Comunitat Valenciana.
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Contenido y duración de las tutorías |
Los distintos ámbitos de internacionalización sobre los que el personal consultor externo podrá prestar asesoramiento (descritos con detalle en el Anexo I de la Convocatoria), son los indicados a continuación.
Pueden consultar los datos de los tutores seleccionados para cada tutoría en la tabla siguiente, (enlace en el título de cada tutoría)
Tutoría (ver tutores) |
Contenido | Duración | Coste (€) | Subvención máxima (€) |
Consultoría dirigida a las empresas interesadas en iniciarse en la exportación de bienes o servicios, que facilite el acceso a los mercados internacionales. |
90 horas de asesoramiento durante un período máximo de 6 meses. |
3.600 |
3.000 |
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Consultoría dirigida a facilitar el acceso al mercado de la Contratación Pública internacional con el objetivo último de diseñar un plan de acción con una selección de mercados y organismos contratantes. |
30 horas de asesoramiento, de las cuales un mínimo de 20 serán presenciales, durante un período máximo de 3 meses. |
1.800 |
1.620 |
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>> Presentación de ofertas en contratación pública internacional |
Asesoramiento a empresas en la preparación de ofertas de contratación pública internacional. |
40 horas de asesoramiento, de las cuales un mínimo de 20 serán presenciales, durante un período máximo de 6 meses. |
2.400 |
2.160 |
Asesoramiento especializado en posicionamiento internacional, a través del uso de Internet como herramienta comercial de ámbito internacional, mediante el diseño de un plan de marketing digital. |
Un periodo máximo de 8 meses |
2.800 |
2.520 |
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Asesoramiento dirigido a analizar los diferentes aspectos de la empresa que permitan determinar su posicionamiento en el mercado seleccionado, dentro de su estrategia de internacionalización. |
Un periodo máximo de 3 meses. |
1.800 |
1.620 |
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Asesoramiento dirigido a empresas que quieran mejorar su posición competitiva a través de herramientas para la búsqueda de financiación internacional, formando al personal responsable de las empresas en el análisis del modelo de negocio adaptándolo a las exigencias actuales de mercado, optimización de dicho modelo de negocio haciéndolo eficiente y atractivo y búsqueda de socios financieros o de programas europeos específicos para potenciar la obtención de financiación. |
Un periodo máximo de 6 meses. |
3.600 |
3.000 |
|
Asesoramiento a emprendedores quequieran internacionalizar su start-up, con el fin de mejorar el posicionamiento competitivo de la misma a través del conocimiento de las herramientas para preparar la salida hacia mercados internacionales. |
30 horas de asesoramiento, de las cuales un mínimo de 20 serán presenciales, durante un período máximo de 3 meses. |
1.800 |
1.620 |
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Criterios de valoración |
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Solicitud y documentación |
LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Tanto la solicitud como la memoria y el resto de documentación exigida (ver art. 5 de la convocatoria y art. 7 de las bases reguladoras) se presentarán ante el Registro Electrónico del IVACE. La presentación telemática requerirá que el solicitante disponga de firma electrónica avanzada mediante certificado expedido por la Generalitat o por cualquier otro prestador de servicios de certificación con el que la Generalitat haya firmado el oportuno convenio.
Cuando la solicitud no reúna los requisitos exigidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o no se acompañe de la documentación que de acuerdo con esta convocatoria sea exigible, se requerirá al solicitante para que -en el plazo de 10 días hábiles desde el siguiente al de la recepción del requerimiento- subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos.
Los requerimientos se realizarán por medios electrónicos y se entenderán practicados o rechazados en los términos que se señalan en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este sentido, si transcurren diez días naturales sin que se acceda al contenido del requerimiento, se entenderá que la notificación ha sido rechazada y se tendrá por realizado el trámite de la notificación.
JUSTIFICACION
Presentación de documentación según artículo 9 de la Resolución y hasta el 31 de mayo de 2018
Dirigido a: | Empresas PYME con personalidad jurídica propia y domicilio social en la Comunitat Valenciana (ver más abajo) | ![]() |
Fecha límite: | Desde el 5 de mayo hasta el 16 de junio de 2017* | |
Fecha límite justificación: 16 febrero 2018 |
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Objetivo |
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Plazos |
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Tipo de ayuda e intensidad |
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Empresas beneficiarias |
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Actuaciones apoyables |
Proyectos de internacionalización recogidos en la Memoria presentada por las pyme solicitantes, cuyo coste subvencionable debidamente justificado sea superior a 5.000 euros, siendo el límite máximo de 100.000 euros.
Las actuaciones apoyables serán todas aquellas en los que incurran las empresas beneficiarias para la contratación de servicios avanzados necesarios para la ejecución de sus planes de internacionalización, con exclusión de las actuaciones previstas en la Resolución de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo por la que se convoquen las ayudas de apoyo a la promoción exterior de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2017 si el objeto para el que se conceden aquellas es idéntico al de las previstas en la presente convocatoria, así como de las derivadas de la participación en los pabellones oficiales organizados por el Instituto de Comercio Exterior (ICEX), o las participaciones agrupadas que cuenten con algún tipo de apoyo del ICEX durante el ejercicio 2017.
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Costes subvencionables |
1.- Servicios de alquiler de espacio de las ferias internacionales fuera del estado español. |
2.- Servicios relacionados con la ejecución del plan de marketing internacional |
3.- Servicios relacionados con el proceso de registro de marcas en países fuera de la UE |
4.- Servicios relacionados con el proceso de certificación y registro de productos necesarios para la comercialización en países fuera de la UE |
5.- Servicios relacionados con la creación y adaptación de la página web así como los servicios relacionados con la elaboración de material promocional (importe máximo 10.000 euros) |
6.- Gastos de personal técnico en comercio exterior contratado en 2017 y para las empresas de industrias creativas y culturales los gastos de un profesional o empresa externa contratada al efecto (salario neto mínimo anual 18.000 euros) |
7.- Servicios relacionados con la compra de pliegos de licitaciones en mercados exteriores así como su traducción |
8.- Gastos de alojamiento y desplazamiento a los países incluidos en el plan de promoción (importe máximo 10.000 euros) |
9.- Servicios directamente relacionados con la realización o participación en el exterior en acciones de promoción |
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Criterios de valoración |
Para la valoración de las ayudas se aplicarán los siguientes criterios en la proporción que se especifica para cada uno de ellos:
Para que un proyecto pueda ser aprobado, tendrá que tener una puntuación mínima de 60 puntos.
1. - Características del proyecto. Máximo 70 puntos
a) Calidad del proyecto. Puntuación máxima grupo 55 puntos.
- Calidad del plan de Internacionalización presentado. Máximo 25 puntos
- Coherencia entre los objetivos planteados por la empresa y las acciones a realizar. Máximo 20 puntos.
- Incorporación de actuaciones en países fuera de la Unión Europea . Máximo 10 puntos
b) Viabilidad del proyecto. Puntuación máxima grupo 15 puntos.
- Viabilidad económica del proyecto. Se evaluará el grado de solvencia económica de la empresa. Máximo 10 puntos
- Adecuación del tamaño y recursos económicos de la empresa al plan previsto por la empresa. Máximo 5 puntos
2. - Características del solicitante. Máximo 20 puntos
a) Recursos humanos de la empresa. Puntuación máxima grupo 15 puntos.
- Ratio entre volumen de facturación y número de empleados fijos en la empresa. Se considerará de forma positiva las empresas que tengan mayor número de empleados. Máximo 10 puntos.
- Disponibilidad de los recursos humanos del área internacional de la empresa para una correcta ejecución del plan de promoción internacional. Máximo 5 puntos
b) Grado de internacionalización de la empresa. Puntuación máxima 5 puntos.
Se considerará de forma positiva a aquellas empresas que se inicien en la internacionalización.
Asimismo, como medidas de actuación para favorecer la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y de integración social y laboral de las personas con discapacidad, se establecen como criterios sociales en la valoración de las solicitudes los siguientes, con una ponderación máxima de 10 puntos:
- Que el solicitante cuente con un Plan de Igualdad de Oportunidades aún cuando no le sea exigible por la normativa vigente.
- El porcentaje de mujeres en plantilla, así como el porcentaje de horas de dedicación al proyecto por parte de mujeres.
- La mejora de la brecha salarial de la empresa solicitante respecto a la media nacional.
- El porcentaje de personal con diversidad funcional contratadas sobre el total de la plantilla por encima del mínimo legal exigible.
- Los contratos formalizados con personas en situación o riesgo de exclusión social, centros especiales de empleo o empresas de inserción, adicionales a los exigibles como medidas complementarias.
- Las cantidades aportadas por el solicitante a ONG y entidades de carácter benéfico.
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Solicitud y documentación |
LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Tanto la solicitud como la memoria y el resto de documentación exigida se presentarán ante el Registro Electrónico del IVACE. La presentación telemática requerirá que el solicitante disponga de firma electrónica avanzada mediante certificado expedido por la Generalitat o por cualquier otro prestador de servicios de certificación con el que la Generalitat haya firmado el oportuno convenio.
TUTORIAL
Cuando la solicitud no reúna los requisitos exigidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o no se acompañe de la documentación que de acuerdo con esta convocatoria sea exigible, se requerirá al solicitante para que -en el plazo de 10 días hábiles desde el siguiente al de la recepción del requerimiento- subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos.
Los requerimientos se realizarán por medios electrónicos y se entenderán practicados o rechazados en los términos que se señalan en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este sentido, si transcurren diez días naturales sin que se acceda al contenido del requerimiento, se entenderá que la notificación ha sido rechazada y se tendrá por realizado el trámite de la notificación.
JUSTIFICACION
Presentación de documentación según artículo 10 de la Resolución y hasta el 31 de enero de 2018
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