Es una unidad de negocio del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial, IVACE, y tiene entre sus objetivos la promoción de la Comunitat Valenciana en el exterior, y el impulso a la internacionalización de las empresas.
Para ello presta asesoramiento especializado y servicios personalizados en los diferentes mercados en los que IVACE está presente a través de la Red Exterior. Todo ello reforzado con un abanico de instrumentos de apoyo a la internacionalización.
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Dirigido a: Pymes con sede social en la CV
Presentación solicitudes:
- Desde el 24 de septiembre de 2024 hasta el 18 de octubre de 2024 (a las 23:59:59 horas)
Fecha límite justificación: 31 de marzo de 2025
Objetivo |
Plazos |
Hasta el 18 de octubre de 2024
Tipo de ayuda e intensidad |
Empresas Beneficiarias |
Actuaciones apoyables |
Se considera acción subvencionable la celebración de un contrato formativo para la obtención de la práctica profesional de especialización en el departamento internacional de la empresa, asociación o federación sectorial, o en el de aquellos departamentos cuya actividad vaya dirigida a la gestión de la internacionalización de la empresa y su posición competitiva internacional, por un total de 12 meses a tiempo completo.
El contrato subvencionable deberá haberse celebrado entre el 1 de enero de 2024 y el 18 de octubre de 2024.
Se admitirá la presentación de hasta dos solicitudes por empresa o entidad solicitante.
Costes subvencionables |
Se considerará coste subvencionable el coste de la contratación de personas jóvenes, mayores de 18 años, que hayan superado un grado universitario o un ciclo formativo cualquiera de formación profesional de grado medio o superior de la familia de comercio, marketing, administración y gestión, comunicación o sistemas, con el fin de especializarlas en internacionalización y fomentar su acceso al mercado laboral de la Comunitat Valenciana en este ámbito.
Las personas contratadas, participantes finales de las acciones, deberán cumplir los requisitos que exige la modalidad del contrato de trabajo formativo para la obtención de la práctica profesional.
La formación práctica se desarrollará en cualquiera de los departamentos cuya actividad vaya dirigida a la gestión de la internacionalización de la empresa y su posición competitiva internacional o en los departamentos relacionados con la actividad internacional de las asociaciones y federaciones sectoriales de la Comunitat Valenciana.
La formación teórica se realizará mediante cursos que completen la formación especializada en internacionalización.
Criterios de valoración |
Para que un proyecto pueda ser aprobado deberá tener una puntuación mínima de 50 puntos.
Los proyectos se priorizarán atendiendo a los criterios especificados a continuación y a la ponderación que se especifica sobre un total de 100 puntos:
a) Características del proyecto. Máximo 50 puntos
- Características del plan de internacionalización de la empresa-Máximo 30 puntos.
- Calidad del plan formativo en el caso de la contratación de jóvenes para su especialización en internacionalización. Máximo 20 puntos.
b) Características del solicitante. Máximo 50 puntos
– Viabilidad económica. Se evaluará el grado de solvencia económica de la empresa. Máximo 10 puntos.
– Recursos humanos de la empresa. Disponibilidad de los recursos humanos del área internacional de la empresa. Máximo 15 puntos.
– Grado de internacionalización de la empresa. Máximo 15 puntos.
– Contribución a la solución de problemas sociales (máximo 10 puntos). Se podrán considerar factores como:
a) El empleo que se crea por el proyecto.
b) La ubicación de las inversiones en municipios con riesgo de despoblación.
c) Que la beneficiaria tenga contratado un porcentaje de personas con discapacidad sobre el total de la plantilla por encima del mínimo legal exigible.
d) Que la beneficiaria apoye económicamente proyectos o entidades sin ánimo de lucro dedicadas a la atención de personas en situación o riesgo de exclusión social.
e) Que la beneficiaria fomente el empleo de personas con discapacidad incluyendo en su cadena de suministro productos y/o servicios de centros especiales de empleos situados en la Comunitat Valenciana y/o celebre con estos contratos de enclaves laborales
f) Que la beneficiaria acredite aplicar medidas concretas de corresponsabilidad y conciliación de la vida personal, laboral y familiar, que superen lo establecido legalmente.
En caso de empate, para determinar el orden de prioridad entre solicitudes que hayan obtenido la misma valoración técnica, el criterio de desempate seguido será el de las solicitudes de empresas que no estén legalmente obligadas a disponer de un plan de igualdad, y hayan aprobado y tramitado la inscripción en el registro correspondiente.
Solicitud y documentación |
La tramitación tanto de la solicitud, como en general del procedimiento, será electrónica y requerirá que la entidad solicitante disponga durante todas las fases del procedimiento de certificado de representante de entidad emitido por la Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana, o por cualquier entidad reconocida en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación establecidos en España, publicada en la sede electrónica del Ministerio de Industria y Turismo. Asimismo, la entidad solicitante podrá autorizar a otra persona para que realice cualquier trámite relacionado con esta convocatoria siempre que dicha autorización conste en el Registro de Representantes de la ACCV (https://www.accv.es/servicios/registro-de-representantes/). La tramitación de la solicitud supone la firma de la misma y de sus anexos, y se presentará en el registro telemático del IVACE a través de su página web.
La presentación de la solicitud llevará implícita la aceptación de las bases reguladoras, incluido lo dispuesto en la presente convocatoria.
Se admitirá la presentación de hasta dos solicitudes por empresa o entidad solicitante.
Cuando la solicitud no reúna los requisitos exigidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o no se acompañe de la documentación que de acuerdo con esta convocatoria sea exigible, se requerirá al solicitante para que -en el plazo de 10 días hábiles desde el siguiente al de la recepción del requerimiento- subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de que si no hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución dictada en los términos previstos en la legislación administrativa.
Los requerimientos se realizarán por medios electrónicos y se entenderán practicados o rechazados en los términos que se señalan en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este sentido, si transcurren diez días naturales sin que se acceda al contenido del requerimiento, se entenderá que la notificación ha sido rechazada y se tendrá por realizado el trámite de la notificación.
DOCUMENTACIÓN FASE SOLICITUD (Véase apartado Documentación anexa a la derecha de esta página)
a) Solicitud normalizada.
b) Memoria del proyecto, que servirá de referente para aplicar los criterios de valoración, de ahí que una defectuosa o deficiente cumplimentación, o su difícil comprensión, generará una minusvaloración del proyecto o incluso una denegación de la solicitud.
Dirigido a: Pymes con sede social en la CV
Presentación solicitudes:
- Primer periodo desde el 24 de abril de 2024 hasta el 31 de mayo de 2024 (a las 23:59:59 horas)
- Segundo periodo desde el 1 de junio de 2024 hasta el 13 de septiembre de 2024 (a las 23:59:59 horas)
Fecha límite justificación: 15 de febrero de 2025 para las solicitudes presentadas en el primer perído y el 31 de mayo de 2025 para las presentadas en el segundo período
El proyecto debe iniciarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024 y no puede haber finalizado antes de la fecha de presentación de solicitud.
Objetivo |
Plazos |
Hasta el 31 de mayo de 2024 (primer período)
Desde 1 de junio hasta el 13 de septiembre de 2024 (segundo período)
Tipo de ayuda e intensidad |
Empresas Beneficiarias |
Actuaciones apoyables |
Subvenciones para la mejora de la gestión de la internacionalización a través de procesos de consultoría especializada en los diferentes ámbitos de la internacionalización, incluido el servicio de apoyo o acompañamiento por parte de expertos en cualquier fase del proceso de internacionalización.
Solo se admitirá la presentación de una solicitud por empresa solicitante, si bien podrá contener petición de subvención para varias modalidades de consultoría especializada, o del servicio de acompañamiento, en función de sus necesidades.
Costes subvencionables |
Se indican a continuación los servicios de internacionalización cuyos costes podrán ser subvencionados, siempre que estén prestados por consultoras especializadas en las respectivas áreas de la actividad internacional:
Criterios de valoración |
Para que un proyecto pueda ser aprobado, deberá tener una puntuación mínima de 50 puntos.
Los proyectos se priorizarán atendiendo a los criterios especificados a continuación y a la ponderación que se especifica sobre un total de 100 puntos:
a) Características del proyecto. Máximo 65 puntos
- La memoria que describe el planteamiento estratégico está redactada con claridad, bien justificada y razonada – máximo de 20 puntos.
- La memoria contempla un sistema de planificación para el diseño y la implementación de la estrategia – máximo de 10 puntos.
- La memoria define los recursos o el equipo que se hará cargo del seguimiento del diseño e implementación de la estrategia que resulte del trabajo de consultoría. – máximo de 10 puntos.
b) Características de la empresa solicitante. Máximo 25 puntos.
c) Asimismo, como medidas de actuación para favorecer la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y de integración social y laboral de las personas con discapacidad, se establecen como criterios sociales en la valoración de las solicitudes los siguientes, con una ponderación máxima de 10 puntos.
Solicitud y documentación |
Cuando la solicitud no reúna los requisitos exigidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o no se acompañe de la documentación que de acuerdo con esta convocatoria sea exigible, se requerirá al solicitante para que -en el plazo de 10 días hábiles desde el siguiente al de la recepción del requerimiento- subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de que si no hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución dictada en los términos previstos en la legislación administrativa.
Los requerimientos se realizarán por medios electrónicos y se entenderán practicados o rechazados en los términos que se señalan en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este sentido, si transcurren diez días naturales sin que se acceda al contenido del requerimiento, se entenderá que la notificación ha sido rechazada y se tendrá por realizado el trámite de la notificación.
DOCUMENTACIÓN FASE SOLICITUD (Véase apartado Documentación anexa a la derecha de esta página)
a) Solicitud normalizada.
b) Memoria del proyecto, que servirá de referente para aplicar los criterios de valoración, de ahí que una defectuosa o deficiente cumplimentación, o su difícil comprensión, generará una minusvaloración del proyecto o incluso una denegación de la solicitud.
Dirigido a: Pymes con sede social en la CV
Presentación solicitudes:
- Primer periodo desde el 07 de marzo de 2023 hasta el 31 de mayo de 2023 (a las 23:59:59 horas)
- Segundo periodo desde el 1 de junio de 2023 hasta el 15 de septiembre de 2023 (a las 23:59:59 horas)
Fecha límite justificación: 31 de enero de 2024 para las solicitudes presentadas en el primer perído y el 31 de mayo de 2024 para las presentadas en el segundo período
El proyecto debe iniciarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023 y no puede haber finalizado antes de la fecha de presentación de solicitud.
Objetivo |
Plazos |
Hasta el 31 de mayo de 2023 (primer período)
Desde 1 de junio hasta el 15 de septiembre de 2023 (segundo período)
Tipo de ayuda e intensidad |
Empresas Beneficiarias |
Actuaciones apoyables |
Consultorías estratégicas dirigidas a mejorar la gestión de la internacionalización de la empresa y su posición competitiva internacional.
La empresa podrá presentar un proyecto que incluya una o más consultorías estratégicas incluidas en la convocatoria.
Costes subvencionables |
Se consideran subvencionables los gastos externos de consultoría estratégica dirigidos a mejorar la gestión de la internacionalización de la empresa y su posición competitiva internacional.
Los servicios de internacionalización cuyos costes podrán ser subvencionados siempre que estén prestados por consultoras especializadas en las respectivas áreas de la actividad internacional:
a) Consultoría estratégica de internacionalización:
b) Consultoría estratégica sobre digitalización de la actividad internacional, marketing digital y canales on-line de comercialización en el exterior.
c) Consultoría estratégica para el crecimiento sostenible de la actividad internacional
Criterios de valoración |
Para que un proyecto pueda ser aprobado, deberá tener una puntuación mínima de 50 puntos.
Los proyectos se priorizarán atendiendo a los criterios especificados a continuación y a la ponderación que se especifica sobre un total de 100 puntos:
a) Características del proyecto. Máximo 65 puntos
- La memoria que describe el planteamiento estratégico está redactada con claridad, bien justificada y razonada – máximo de 20 puntos.
- La memoria contempla un sistema de planificación para el diseño y la implementación de la estrategia – máximo de 10 puntos.
- La memoria define los recursos o el equipo que se hará cargo del seguimiento del diseño e implementación de la estrategia que resulte del trabajo de consultoría. – máximo de 10 puntos.
b) Características de la empresa solicitante. Máximo 25 puntos.
c) Asimismo, como medidas de actuación para favorecer la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y de integración social y laboral de las personas con discapacidad, se establecen como criterios sociales en la valoración de las solicitudes los siguientes, con una ponderación máxima de 10 puntos.
Solicitud y documentación |
Cuando la solicitud no reúna los requisitos exigidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o no se acompañe de la documentación que de acuerdo con esta convocatoria sea exigible, se requerirá al solicitante para que -en el plazo de 10 días hábiles desde el siguiente al de la recepción del requerimiento- subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de que si no hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución dictada en los términos previstos en la legislación administrativa.
Los requerimientos se realizarán por medios electrónicos y se entenderán practicados o rechazados en los términos que se señalan en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este sentido, si transcurren diez días naturales sin que se acceda al contenido del requerimiento, se entenderá que la notificación ha sido rechazada y se tendrá por realizado el trámite de la notificación.
DOCUMENTACIÓN FASE SOLICITUD (Véase apartado Documentación anexa a la derecha de esta página)
a) Solicitud normalizada.
b) Memoria del proyecto, que servirá de referente para aplicar los criterios de valoración, de ahí que una defectuosa o deficiente cumplimentación, o su difícil comprensión, generará una minusvaloración del proyecto o incluso una denegación de la solicitud.
Dirigido a: Pymes con sede social en la CV Fecha límite presentación solicitudes: 9 septiembre 2022 Fecha límite justificación: 30 mayo 2023 El proyecto debe iniciarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022 y no puede haber finalizado antes de la fecha de presentación de solicitud. |
Objetivo |
Plazos |
Tipo de ayuda e intensidad |
Empresas Beneficiarias |
Actuaciones apoyables |
Consultorías estratégicas dirigidas a mejorar la gestión de la internacionalización de la empresa y su posición competitiva internacional.
La empresa podrá presentar un proyecto que incluya una o más consultorías estratégicas incluidas en la convocatoria.
Costes subvencionables |
Se consideran subvencionables los gastos externos de consultoría estratégica dirigidos a mejorar la gestión de la internacionalización de la empresa y su posición competitiva internacional.
Los servicios de internacionalización cuyos costes podrán ser subvencionados siempre que estén prestados por consultoras especializadas en las respectivas áreas de la actividad internacional:
a) Consultoría estratégica de internacionalización:
b) Consultoría estratégica sobre digitalización de la actividad internacional, marketing digital y canales on-line de comercialización en el exterior.
c) Consultoría estratégica para el crecimiento sostenible de la actividad internacional
El coste de la consultoría individualmente considerada deberá oscilar entre un mínimo de 3.000 euros y un máximo de 14.999 euros, en función del alcance y complejidad del servicio; en todo caso, el gasto máximo a subvencionar por consultoría no superará el importe de 14.999 euros.
Criterios de valoración |
Para que un proyecto pueda ser aprobado, deberá tener una puntuación mínima de 50 puntos.
Los proyectos se priorizarán atendiendo a los criterios especificados a continuación y a la ponderación que se especifica sobre un total de 100 puntos:
a) Características del proyecto. Máximo 65 puntos
- La memoria que describe el planteamiento estratégico está redactada con claridad, bien justificada y razonada – máximo de 20 puntos.
- La memoria contempla un sistema de planificación para el diseño y la implementación de la estrategia – máximo de 10 puntos.
- La memoria define los recursos o el equipo que se hará cargo del seguimiento del diseño e implementación de la estrategia que resulte del trabajo de consultoría. – máximo de 10 puntos.
b) Características de la empresa solicitante. Máximo 25 puntos.
c) Asimismo, como medidas de actuación para favorecer la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y de integración social y laboral de las personas con discapacidad, se establecen como criterios sociales en la valoración de las solicitudes los siguientes, con una ponderación máxima de 10 puntos.
Solicitud y documentación |
Cuando la solicitud no reúna los requisitos exigidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o no se acompañe de la documentación que de acuerdo con esta convocatoria sea exigible, se requerirá al solicitante para que -en el plazo de 10 días hábiles desde el siguiente al de la recepción del requerimiento- subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de que si no hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución dictada en los términos previstos en la legislación administrativa.
Los requerimientos se realizarán por medios electrónicos y se entenderán practicados o rechazados en los términos que se señalan en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este sentido, si transcurren diez días naturales sin que se acceda al contenido del requerimiento, se entenderá que la notificación ha sido rechazada y se tendrá por realizado el trámite de la notificación.
DOCUMENTACIÓN FASE SOLICITUD (Véase apartado Documentación anexa a la derecha de esta página)
a) Solicitud normalizada.
b) Memoria del proyecto, que servirá de referente para aplicar los criterios de valoración, de ahí que una defectuosa o deficiente cumplimentación, o su difícil comprensión, generará una minusvaloración del proyecto o incluso una denegación de la solicitud.© 2020, Generalitat
Conselleria d’Innovació, Indústria, Comerç i Turisme
Institut Valencià de Competitivitat i Innovació